En muchas ocasiones, los empleadores desconocen los derechos que están obligados a garantizar y qué debe incorporarse en un contrato de trabajo para las trabajadoras del hogar.
Las trabajadoras del hogar tienen derecho a un contrato en el que se reconozca su labor como un empleo formal y en el que se establezcan todos los detalles de la relación con el empleador. Sin embargo, muchas veces los empleadores desconocen este requerimiento o no saben cómo elaborar un contrato para las trabajadoras del hogar, por lo que rigen únicamente por acuerdos de palabra y en la informalidad.
Cecilia Vargas, socia de Derecho Laboral de CMS Grau, precisa que el régimen de las trabajadoras del hogar se aplica a la contratación de personas que realicen actividades propias del mantenimiento del hogar y conservación de la casa o habitación.
El documento debe realizarse por escrito en cualquiera de sus modalidades, es decir, a plazo indeterminado o determinado (suplencia, para la ejecución de un servicio específico, por emergencia o temporada, a tiempo parcial).
Con estos aspectos definidos, lo primero que debe precisar un contrato para las trabajadoras del hogar son los datos personales de la parte empleadora y la parte trabajadora.
“En el caso de la parte trabajadora, se debe especificar nombres, documento de identidad, dirección, correo electrónico, fecha de nacimiento, estado civil, sexo, profesión u oficio”, detalla Cecilia Vargas.
Igualmente, es importante consignar claramente la fecha de inicio de la relación, forma de la prestación, es decir, con residencia o sin residencia, así como las labores que debe ejecutar la parte contratada (limpieza, cocina, lavado y planchado), y el lugar de la prestación del servicio.
La experta en Derecho Laboral de CMS Grau, explica que una parte a la que no se le presta suficiente atención es la que corresponde a las condiciones de trabajo, las cuales deben, también, ser específicas como la dotación de alimentos, uso de uniforme, lo relativo al alojamiento, entre otros.
“Es necesario también precisar el monto, oportunidad y medio de pago de los ingresos y de ser necesario incluir el número de cuenta bancaria, así como jornada, horario de trabajo y descanso semanal, los beneficios sociales y de seguridad social”, puntualiza Cecilia Vargas.