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El descanso vacacional

Laboral

22 de junio, 2021

El goce adecuado del descanso vacacional tiene por finalidad preservar la salud física y mental de los trabajadores, así como conciliar la vida laboral y personal, con el fin de generar una mejor armonía y productividad en las organizaciones. Por ello, a continuación, te comentamos las principales particularidades sobre las vacaciones.

 ¿Sabías que…? 

Todo trabajador, que cumpla con una jornada laboral mayor a 4 horas, tiene derecho a gozar 30 días calendario de descanso vacacional por cada año completo de servicios. La remuneración vacacional es equivalente a la que el trabajador hubiera percibido habitual y regularmente en caso de continuar laborando.

 ¿Cuándo se puede gozar las vacaciones? 

 La oportunidad del descanso vacacional es fijada de común acuerdo entre el empleador y el trabajador. A falta de acuerdo, decidirá el empleador en uso de su facultad de directriz.

¿De qué forma se puede gozar las vacaciones?      

  • Continuos: los 30 días calendario.
  • Fraccionados: dos bloques comprendidos en (i) 15 días calendarios en periodos de 7 y 8 días ininterrumpidos, y (ii) el resto de los días podrá fraccionarse en periodos inferiores a 7 días calendario, con un mínimo de 1 día calendario. Esta forma de goce requiere previo acuerdo por escrito entre las partes.

Otras particularidades del goce de vacaciones:

  • Acumulación de periodos: hasta un máximo de 2 periodos consecutivos, siempre que después de un año de servicios continuo disfrute por lo menos de 7 días naturales.
  • Venta de vacaciones: hasta un máximo de 15 días y el resto de los días se gozan.
  • Adelanto: a cuenta del periodo vacacional que se genere a futuro. En caso de cese, los días de descanso otorgados por adelantado que no puedan compensarse con vacaciones truncas, no generan obligación de pago por parte del trabajador.

Todas las formas antes señaladas requieren previo acuerdo por escrito entre las partes.

¿Qué sucede si no se goza el descanso vacacional?

Si cumplido el plazo de un año para el goce vacacional, el trabajador no gozó de su derecho, le corresponde el pago de una indemnización vacacional, adicional a la remuneración vacacional que debió percibir y a la remuneración por los servicios prestados durante el periodo en que debió gozarlas, salvo excepciones dispuestas por ley.

 Recomendaciones para un adecuado uso de las vacaciones:

  • Elaborar una política o normativa interna sobre el goce del descanso vacacional de acuerdo a las necesidades de la organización y de los trabajadores.
  • Respetar el uso del descanso vacacional, reforzando las medidas de desconexión digital.