Encargan a la Dirección de Disponibilidad de Predios del MTC, las acciones para la adquisición y expropiación de los inmuebles necesarios para la implementación de las Intervenciones de Reconstrucción mediante Inversión (IRI)
Alerta Legal | Inmobiliario y Saneamiento de Tierras
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Con fecha 09 de agosto de 2020, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución Ministerial N° 461-2020-MTC/01.02 (en adelante, ‘’RM-461’’), que dispone encargar a la Dirección de Disponibilidad de Predios, las acciones para la transferencia interestatal, adquisición y expropiación de los inmuebles, pago de mejoras y liberación de interferencias que resulten necesarios para la implementación de las Intervenciones de Reconstrucción mediante Inversión (IRI).
A continuación, el detalle:
1. Antecedentes
- Mediante Decreto Supremo N° 091-2017-PCM se aprueba el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios (Plan), siendo el principal objetivo rehabilitar y reconstruir la infraestructura pública dañada y destruida por el Niño Costero a nivel nacional, comprendiendo el programa de inversiones en carreteras y vías subnacionales, las cuales se detallan en el Anexo 1 y 2 de la RM -461 (ver adjunto).
- Mediante Resolución Ministerial N° 472-2018-MTC/01, modificada por Resolución Ministerial N° 143-2019-MTC/01, se crea el Equipo Especial encargado de la Reconstrucción con cambios (EERCC) en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), con el objetivo de gestionar ante los órganos del MTC la implementación del Plan.
- Conforme al artículo 10 del TUO de la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la autoridad para la Reconstrucción con cambios, señala que la implementación del Plan se efectúa mediante intervenciones de reconstrucción a través de inversiones denominadas, “Intervención de Reconstrucción mediante Inversiones” o actividades de conservación y mantenimiento denominadas “Intervención de Reconstrucción mediante actividades”.
2. Se encarga a la Dirección de Disponibilidad de Predios del MTC, las acciones relacionadas a la adquisición y expropiación de inmuebles para la implementación de las IRI
A través de la RM-461, se encarga las siguientes acciones:
- Transferencia Interestatal
- Adquisición
- Expropiación
- Pago de mejoras y liberación de interferencias
Para llevar a cabo los actos que resulten necesarios para la implementación de las IRI detalladas en el Anexo 01 y 02 de la RM-461.
3. El Equipo Especial encargado de la Reconstrucción con cambios - EERCC formulará las solicitudes de financiamiento para la adquisición y expropiación de inmuebles
A través de la RM-461, se dispone encargar al EERCC lo siguiente:
- Formular y gestionar las solicitudes de financiamiento.
- Solicitar los recursos que se requieran para implementar y financiar los actos para la liberación y adquisición de predios.
- Solicitar la actualización de los FUR de las intervenciones descritas en los Anexos 01 y 02 de la RM-461.
Para llevar a cabo la adquisición y expropiación de los inmuebles, pago de mejoras y liberación de interferencias ante la Autoridad Autónoma para la Reconstrucción con Cambios.
4. Se aprueba flujograma para la implementación de las acciones a ser ejecutadas por la Dirección de Disponibilidad de predios del MTC
A través del Anexo 03 de la RM-461, se aprueba el flujograma que implementa las acciones a ser ejecutadas por la Dirección de Disponibilidad de predios para lograr de manera oportuna la entrega de terrenos para la ejecución de obras.