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Osiptel aprueba nueva norma de las condiciones de uso de los servicios públicos de telecomunicaciones

Alerta Legal | Administrativo

14 Oct 2022 Perú 6 min de lectura

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El pasado 8 de octubre, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución N° 0172-2022-CD/OSIPTEL, mediante la cual se aprueba la nueva Norma de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones (Norma sobre Condiciones de Uso) y modifica diversas normas conexas.  

La Resolución N° 172-2022-CD/OSIPTEL tiene como principal objetivo que Norma sobre las Condiciones de Uso de los servicios de telecomunicaciones cuente con una redacción clara, simplificada y ordenada que: i) permita a los usuarios acceder fácilmente a su contenido; ii) facilite a los usuarios conocer sus derechos y obligaciones; y iii) actualice las disposiciones que, como consecuencia de otras normas de rango superior, han sido modificadas o derogadas.

A continuación, procederemos a detallar los principales elementos de la nueva Norma sobre Condiciones de Uso, así como la modificación de normas especiales conexas.

Principales cambios en la Nueva Norma sobre Condiciones de Uso

1. Nuevo orden en la Norma sobre Condiciones de Uso

La nueva Norma sobre Condiciones de Uso se estructura de acuerdo a cada etapa por la que el usuario debe pasar para poder contratar un servicio de telecomunicaciones. Así, el nuevo esquema normativo es el siguiente:

TítuloDescripción del TítuloCapítuloDescripción del Capítulo
IDisposiciones GeneralesÚnicoÚnico
IDerechos de los abonados y usuariosÚnicoÚnico
IIIInformación a abonados y usuariosÚnicoÚnico
IVContratación de servicios públicos de telecomunicacionesISobre la contratación
IISobre la activación del servicio
IIISobre los servicios suplementarios o adicionales, y adquisición de equipos terminales
VFacturación, recibo de abonado y saldosIProceso de facturación y entrega de recibo
IITarjetas de pago y crédito adicional
VIObligaciones de abonados y usuariosÚnicoÚnico
VIIObligaciones y responsabilidades de la empresa operadoraIObligaciones referidas al contrato tipo, la prestación del servicio y devoluciones
IIObligaciones referidas al número telefónico de abonado
IIIObligaciones referidas a la atención al usuario
IVObligaciones respecto a los servicios adicionales
VIIIDisposiciones específicas para el servicio de telefonía fija bajo la modalidad de abonadoICambio de sitio del block de conexión
IIBloqueo y desbloqueo
IIServicios relacionados a la guía telefónica
IXDisposiciones específicas para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en zonas ruralesÚnicoÚnico
XDisposiciones específicas sobre el RENTESEGÚnicoÚnico
XISuspensión, corte y terminación de los servicios públicos de telecomunicacionesISobre la suspensión del servicio
IISobre el corte del servicio
IISobre la terminación del servicio

Podemos advertir que el texto normativo establece un nuevo orden y agrupación de los artículos en base a la temática regulada y a la importancia de la misma, lo cual permite una mejor comprensión del contenido de la norma.  

Así, el Título II, correspondiente a los derechos y obligaciones de los usuarios y abonados, al ser una de las temáticas más importantes del cuerpo legal, se ubica al inicio del texto, agrupando los derechos de los mismos en un solo título.

El Título III lista la información básica que deberá proporcionar la empresa operadora a sus abonados y usuarios.

El Título IV regula la contratación de los servicios de telecomunicaciones y lista todos los mecanismos de contratación.

El Título VI determina las obligaciones de los abonados y usuarios. Además, se regulan excepciones frente a la prohibición de extender el servicio contratado de telefonía fija fuera del domicilio de instalación.

El Título VII establece las obligaciones y responsabilidades de la empresa operadora.

Finalmente, el Título XI establece disposiciones sobre las causales que facultan a la empresa operadora a suspender el servicio de telecomunicaciones, el procedimiento de suspensión cuando el equipo se encuentre en servicio técnico y la reactivación del servicio suspendido

2. Adecuación de las disposiciones establecidas en normas de mayor rango

La anterior Norma sobre Condiciones de Uso contenía disposiciones que diferían de aquellas dispuestas por normas de rango superior. Actualmente, todas las disposiciones contrarias a normas de rango superior han sido modificadas y actualizadas a efectos de estar acordes a la normativa vigente.

3. Traslado de disposiciones de las Condiciones de Uso a otras normas aprobadas por OSIPTEL

Se han trasladado disposiciones que, anteriormente, eran reguladas en la Norma sobre Condiciones de Uso. De la revisión nuevo texto normativo, podemos advertir las siguientes modificaciones:

  1. Modificación de Reglamento General de Tarifas
    1. Se incluyen disposiciones que regulan la facturación (capitulo IV), las tarjetas de pago (capítulo V) y los topes de consumo (artículo 21-B).
  2. Modificación del Reglamento General de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones
    1. Se añaden disposiciones regulan el procedimiento de interrupción del servicio (Título VI), la comercialización de equipos terminales y modificación de sistemas y señales (Título VII), la responsabilidad de la empresa operadora sobre el tráfico originado en su red (Título VIII) y disposiciones específicas para el servicio telefónico bajo la modalidad de teléfonos públicos (Título IX). Aunado a ello, se incorpora un Anexo 7, que establece disposiciones sobre el procedimiento para la contratación del servicio de arrendamiento de circuitos, así como los derechos y obligaciones de las partes que intervienen en el mismo.
  3. Modificación del Reglamento de Calidad de la Atención a Usuarios por parte de las empresas operadoras de servicios de telefonía fija y servicios públicos móviles
    1. Se incorporan disposiciones que regulan la atención en oficinas o centros de atención a usuarios y puntos de venta (articulo 8-A), la identificación del personal de las empresas operadores (artículo 8-B) y la opción específica para reclamos en los servicios de información y asistencia (artículo 12-A).
  4. Modificación del TUO del Reglamento para la Atención de Gestiones y Reclamos de Usuarios de Servicios Públicos de Telecomunicaciones
    1. Se incorporan disposiciones respecto a las obligaciones de la empresa operadora en materia de reclamos. Así, en el artículo 7 regula la prohibición de condicionar la atención del reclamo al pago del monto reclamado y el plazo para realizar el pago de la parte no reclamada en caso la empresa operadora utilice el servicio de facturación y recaudación de otra empresa operadora.
  5. Modificación de las Normas Complementarias para la Implementación del Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad
    1. Se añaden disposiciones que regulan especificaciones técnicas sobre las obligaciones de las empresas operadoras frente a los equipos terminales móviles reportados como sustraídos (robados), perdidos y recuperados (Capítulo IV). Asimismo, se incorporan disposiciones relacionadas con el intercambio seguro y la vinculación de equipos terminales (Capítulo V) y las causales por las cuales la empresa operadora puede bloquear el equipo terminal móvil (Capítulo VI).

Cabe señalar que las disposiciones establecidas en la norma bajo comentario se encuentran vigentes desde el 9 de octubre del 2022.

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