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Publican proyecto de modificaciones a los reglamentos de comercialización y seguridad de combustibles líquidos y OPDH

Alerta Legal | Energía y Cambio Climático

26 Mar 2026 Perú 3 min de lectura

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El 21 de marzo de 2026 se publicó la Resolución Ministerial Nº 120-2026-MINEM/DM la cual pone a consulta la modificación del reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos y del Reglamento de Seguridad para Establecimientos de Venta al Público de Combustibles Derivados de Hidrocarburos. 

Alcance de las Modificaciones Propuestas

  • Digitalización del control de inventarios: En primer lugar, respecto al Reglamento de Seguridad para Establecimientos de Venta al Público, el proyecto propone modificar el artículo 31, referido a la medición diaria de volúmenes en tanques. El cambio normativo busca transitar de un sistema de registro manual a uno digital; por ello, establece que el operador ya no registrará los resultados en un libro físico, sino en los medios tecnológicos que el OSINERGMIN determine. Esta medida tiene como fin optimizar la verificación de posibles pérdidas y asegurar que la información esté disponible en tiempo real para la autoridad competente.
  • Transparencia en el origen y calidad de productos: Se incorpora el artículo 55A al Reglamento de Comercialización de Combustibles Líquidos, el cual introduce obligaciones de transparencia sobre la procedencia y calidad de los productos. En virtud de esta disposición, el OSINERGMIN deberá publicar diariamente en su portal institucional y aplicativos la información sobre el origen del suministro de los últimos dos meses. En este contexto, la calidad del combustible será aquella registrada ante la DGH conforme al artículo 64 del Reglamento de Comercialización, especialmente cuando se trate de importaciones o mezcla de aditivos en el mercado nacional.
  • Publicidad de contratos de exclusividad: El referido artículo 55A faculta al organismo supervisor a publicar trimestralmente la información de los contratos de suministro exclusivo de aquellos Establecimientos de Venta al Público cuyos titulares así lo soliciten. Esta medida busca dotar de mayor visibilidad a las relaciones comerciales entre distribuidores mayoristas y minoristas, permitiendo al mercado identificar el soporte de marca o exclusividad detrás de cada punto de venta. 

En conclusión, las modificaciones planteadas por el MINEM consolidan una tendencia hacia la fiscalización digital inmediata y la transparencia informativa orientada al consumidor final. La migración del control de inventarios hacia plataformas tecnológicas del OSINERGMIN implica una modernización operativa para los establecimientos, eliminando el soporte físico por uno auditable remotamente. Por otro lado, la exposición pública de la procedencia del combustible y de los contratos de exclusividad eleva el estándar de trazabilidad en la cadena, lo que obligará a los agentes del sector a asegurar una gestión estricta de la calidad y del origen de sus suministros para mitigar riesgos reputacionales y de supervisión.

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