A partir del 23 de abril de 2024, los ciudadanos mexicanos con Pasaporte ordinario que requieran viajar a Perú, deberán contar con una visa vigente emitida por el estado peruano. Ello en tanto mediante Decreto Legislativo N° 011-2024-RE, publicado hoy, se suspende la exención de visa de turismo y negocio a los portadores de pasaporte ordinario de México, ello como consecuencia de la decisión de México de aprobar el 5 de abril último, la exigencia de visa para ciudadanos peruanos con pasaporte ordinario. A continuación, compartimos la información más relevante al respecto:
1. Objeto de la norma:
Suspender la exención de visa de turismo y negocio a ciudadanos mexicanos, portadores de un pasaporte ordinario. Para tal efecto, la visa deberá ser gestionada ante una Oficina Consular peruana en el extranjero.
2. Excepción:
Los ciudadanos mexicanos que acrediten alguna de las siguientes condiciones, podrán ingresar a Perú con pasaporte vigente y sin necesidad de contar con una visa peruana:
- Contar con visas con vigencia mínima de seis (6) meses, de alguno de los siguientes países: Estados Unidos de Norteamérica, Canadá, Gran Bretaña, Irlanda del Norte, Australia, Japón o un estado perteneciente al Espacio Schengen.
- Tener residencia permanente como extranjero en alguno de los siguientes países: Estados Unidos de Norteamérica, Canadá, Gran Bretaña, Irlanda del Norte, Australia, Japón, un Estado perteneciente al Espacio Schengen o miembro de la Alianza del Pacífico (Chile, Colombia y México).
Bajo este supuesto de exoneración de visa, los ciudadanos mexicanos puede permanecer en Perú hasta ciento ochenta (180) días calendario, sea como visita continuada o varias visitas consecutivas, durante el plazo de un año.