Open navigation
Buscar
Oficinas – Perú
Explorar todas las oficinas
Alcance Global

Además de ofrecer asesoramiento jurídico experto para las jurisdicciones locales, CMS se asocia con usted para navegar eficazmente por las complejidades de los entornos empresariales y jurídicos globales.

Explora nuestro alcance
Insights – Perú
Explorar todos nuestros recursos
Buscar
Áreas de práctica
Insights

Los abogados de CMS pueden asesorar a su empresa de cara al futuro en una gran variedad de especialidades e industrias, en todo el mundo.

Explorar temas
Oficinas
Alcance Global

Además de ofrecer asesoramiento jurídico experto para las jurisdicciones locales, CMS se asocia con usted para navegar eficazmente por las complejidades de los entornos empresariales y jurídicos globales.

Explora nuestro alcance
CMS Peru
Insights
Información por tipo
Sobre CMS

Seleccione su región

Newsletter 08 abr 2024 · Perú

Suspenden la exención de visa de turismo y negocio a los portadores de pasaporte ordinario de los Estados Unidos Mexicanos

Alerta Legal | Aeronáutico

2 min de lectura

On this page

A partir del 23 de abril de 2024, los ciudadanos mexicanos con Pasaporte ordinario que requieran viajar a Perú, deberán contar con una visa vigente emitida por el estado peruano. Ello en tanto mediante Decreto Legislativo N° 011-2024-RE, publicado hoy, se suspende la exención de visa de turismo y negocio a los portadores de pasaporte ordinario de México, ello como consecuencia de la decisión de México de aprobar el 5 de abril último, la exigencia de visa para ciudadanos peruanos con pasaporte ordinario. A continuación, compartimos la información más relevante al respecto:

1.  Objeto de la norma

Suspender la exención de visa de turismo y negocio a ciudadanos mexicanos, portadores de un pasaporte ordinario. Para tal efecto, la visa deberá ser gestionada ante una Oficina Consular peruana en el extranjero.

2.  Excepción

Los ciudadanos mexicanos que acrediten alguna de las siguientes condiciones, podrán ingresar a Perú con pasaporte vigente y sin necesidad de contar con una visa peruana:

  • Contar con visas con vigencia mínima de seis (6) meses, de alguno de los siguientes países: Estados Unidos de Norteamérica, Canadá, Gran Bretaña, Irlanda del Norte, Australia, Japón o un estado perteneciente al Espacio Schengen.
  • Tener residencia permanente como extranjero en alguno de los siguientes países: Estados Unidos de Norteamérica, Canadá, Gran Bretaña, Irlanda del Norte, Australia, Japón, un Estado perteneciente al Espacio Schengen o miembro de la Alianza del Pacífico (Chile, Colombia y México).

Bajo este supuesto de exoneración de visa, los ciudadanos mexicanos puede permanecer en Perú hasta ciento ochenta (180) días calendario, sea como visita continuada o varias visitas consecutivas, durante el plazo de un año.

Volver arriba