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Suspenden la exención de visa de turismo y negocio a los portadores de pasaporte ordinario de los Estados Unidos Mexicanos

Alerta Legal | Aeronáutico

08 abr 2024 Perú 2 min de lectura

A partir del 23 de abril de 2024, los ciudadanos mexicanos con Pasaporte ordinario que requieran viajar a Perú, deberán contar con una visa vigente emitida por el estado peruano. Ello en tanto mediante Decreto Legislativo N° 011-2024-RE, publicado hoy, se suspende la exención de visa de turismo y negocio a los portadores de pasaporte ordinario de México, ello como consecuencia de la decisión de México de aprobar el 5 de abril último, la exigencia de visa para ciudadanos peruanos con pasaporte ordinario. A continuación, compartimos la información más relevante al respecto:

1.  Objeto de la norma: 

Suspender la exención de visa de turismo y negocio a ciudadanos mexicanos, portadores de un pasaporte ordinario. Para tal efecto, la visa deberá ser gestionada ante una Oficina Consular peruana en el extranjero.

2.  Excepción: 

Los ciudadanos mexicanos que acrediten alguna de las siguientes condiciones, podrán ingresar a Perú con pasaporte vigente y sin necesidad de contar con una visa peruana:

  • Contar con visas con vigencia mínima de seis (6) meses, de alguno de los siguientes países: Estados Unidos de Norteamérica, Canadá, Gran Bretaña, Irlanda del Norte, Australia, Japón o un estado perteneciente al Espacio Schengen.
  • Tener residencia permanente como extranjero en alguno de los siguientes países: Estados Unidos de Norteamérica, Canadá, Gran Bretaña, Irlanda del Norte, Australia, Japón, un Estado perteneciente al Espacio Schengen o miembro de la Alianza del Pacífico (Chile, Colombia y México).

Bajo este supuesto de exoneración de visa, los ciudadanos mexicanos puede permanecer en Perú hasta ciento ochenta (180) días calendario, sea como visita continuada o varias visitas consecutivas, durante el plazo de un año.

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