Acuerdo alcanzado entre Gobierno y las representaciones sindicales UGT y CCOO para comenzar la reforma integral de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales
Antonio Servando
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Se ha alcanzado acuerdo entre el Gobierno y las representaciones sindicales UGT y CCOO para impulsar reforma de la Ley de prevención de riesgos laborales con el ánimo de impulsar y actualizar la misma.
A comienzos de 2026, el Gobierno ha impulsado una reforma integral de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales para actualizar el marco preventivo a los riesgos emergentes, atajar la elevada siniestralidad y alinear el sistema con los cambios organizativos y tecnológicos del trabajo. En particular, la reforma busca actualizar y asegurar la adecuada protección de las personas trabajadoras en materia de riesgos psicosociales y trabajo a distancia.
La propuesta parte de un diagnóstico claro: los instrumentos vigentes han quedado parcialmente desfasados ante fenómenos como la digitalización, el teletrabajo, las plataformas, el envejecimiento de la población activa y los impactos del cambio climático, que agravan la exposición a estrés térmico, fenómenos meteorológicos extremos y nuevas cargas organizativas. El objetivo declarado es modernizar la arquitectura preventiva, reforzar su eficacia y cerrar brechas de cumplimiento, especialmente en PYMES y trabajadores autónomos, donde la cobertura y la calidad de la gestión preventiva son desiguales.
El núcleo técnico de la reforma pivota sobre varias líneas.
En primer lugar, se refuerza la evaluación y gestión de riesgos psicosociales, integrando de forma explícita factores como la organización del tiempo de trabajo, la carga mental, la intensidad, el acoso y la desconexión digital. Ello vendrá acompañado de protocolos obligatorios, herramientas de diagnóstico homologadas y una mayor conexión con la vigilancia de la salud, incorporando indicadores de salud mental y criterios de confidencialidad y protección de datos coherentes con la normativa de privacidad.
En segundo lugar, se incorpora una perspectiva de género, edad y diversidad, para exigir evaluaciones adaptadas a diferencias biológicas y sociales que influyen en la exposición y los daños, así como ajustes razonables y planes preventivos sensibles al envejecimiento y a la discapacidad.
Otro mecanismo, es la adaptación del sistema a los nuevos modos de organización. Se clarifican y endurecen obligaciones preventivas en teletrabajo y trabajo en plataformas digitales, incluyendo garantías de ergonomía, evaluación del puesto remoto, derecho a la desconexión, y una atribución más nítida de responsabilidades en cadenas de subcontratación y modelos de intermediación. En paralelo, se prevén medidas frente al cambio climático: planes específicos ante olas de calor y frío, organización de turnos y pausas, hidratación y EPIs adecuados, y protocolos de suspensión o reprogramación de tareas ante alertas meteorológicas, especialmente en construcción, agricultura, logística y otros sectores expuestos.
En el plano institucional, la reforma busca potenciar la prevención propia en empresas, especialmente pymes, favoreciendo modalidades internas o mancomunadas cuando sea viable, y reordenar el mercado de los servicios de prevención ajenos con mayores requisitos de acreditación, transparencia, independencia y supervisión, así como estándares de calidad para evitar la mera “prevención documental”. Se contempla la creación o impulso de agentes territoriales o sectoriales de asesoramiento para dar soporte técnico gratuito o subvencionado a pequeñas empresas y autónomos, junto con programas de formación y herramientas modelo (evaluaciones tipo, guías sectoriales, checklists digitales) que reduzcan cargas administrativas sin rebajar exigencias materiales.
La Inspección de Trabajo y el régimen sancionador se fortalecen para asegurar la aplicación efectiva: priorización de controles en riesgos graves y psicosociales, campañas específicas en sectores de alta siniestralidad, mejora de la trazabilidad de las actuaciones preventivas y actualización de cuantías y graduación de sanciones, con incentivos al cumplimiento y recidiva penalizada. Se refuerza también la coordinación de actividades empresariales mediante obligaciones de intercambio de información y planificación conjunta más operativa en centros con concurrencia de empresas, y la integración de criterios preventivos en la contratación pública, primando a operadores con sistemas acreditados y resultados contrastables.
La propuesta incorpora, además, medidas de gobernanza y datos: un sistema nacional de información preventiva con indicadores comparables, notificación más ágil de incidentes y casi-accidentes, y evaluación periódica de impacto regulatorio para ajustar las normas a la evidencia. Para los trabajadores autónomos, se amplían coberturas, guías y acceso a servicios preventivos adecuados a su realidad, y se clarifica la frontera de obligaciones cuando operan en entornos de terceros o plataformas. Finalmente, se impulsa la cultura preventiva mediante formación inicial y continua adaptada a cada puesto, con especial atención a mandos intermedios y a la participación de la representación legal de las personas trabajadoras, asegurando consulta efectiva y capacidad de propuesta sobre organización, ritmos y cargas.
En conjunto, la reforma persigue pasar de un cumplimiento predominantemente formal a una prevención efectiva y basada en riesgos, con el foco puesto en los riesgos psicosociales, clima y nuevas formas de trabajo; atribución de una mayor capacidad pública en el control; mejores estándares de los proveedores preventivos; y apoyos específicos para pymes y autónomos. Con ello, se pretende reducir de forma sostenible la siniestralidad, proteger la salud física y mental y hacer de la prevención un pilar estratégico de la competitividad y la calidad del empleo.
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