Los servicios electrónicos de confianza cuentan en España, desde el pasado 12 de noviembre de 2020, con un marco legislativo adicional relativo a determinado aspectos que no fueron objeto de armonización a nivel europeo. En dicha fecha se publicó en el BOE la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza.
El objeto de la Ley 6/2020 es complementar el Reglamento (UE) n.º 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior y por el que se deroga la Directiva 1999/93/CE.
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