El pasado 2 de agosto de 2024 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México (GOCDMX) un decreto que reforma el artículo tercero de la Constitución Política de la Ciudad de México, el cual regula, entre otros aspectos, los principios rectores de la propiedad en la Ciudad de México.
Este Decreto modifica los principios de la propiedad para alinearlos por remisión por lo expresamente establecido en el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM). En consecuencia, los principios que rigen la propiedad en la Ciudad de México deberán ajustarse de manera paralela a los previstos en la CPEUM, sin que ello implique cambios sustanciales respecto a los que actualmente están vigentes en México.
A continuación, se presenta una comparativa del artículo 3 en su parte conducente antes y después del Decreto:
Artículo 3 previo al Decreto | Articulo 3 posterior al Decreto |
“Artículo 3 De los principios rectores: 2.- La Ciudad de México asume como principios: a) El respeto a los derechos humanos, la defensa del Estado democrático y social, el diálogo social, la cultura de la paz y la no violencia, el desarrollo económico sustentable y solidario con visión metropolitana, la más justa distribución del ingreso, la dignificación del trabajo y el salario, la erradicación de la pobreza, el respeto a la propiedad privada, la igualdad sustantiva, la no discriminación, la inclusión, la accesibilidad, el diseño universal, la preservación del equilibrio ecológico, la protección al ambiente, la protección y conservación del patrimonio cultural y natural. Se reconoce la propiedad de la Ciudad sobre sus bienes del dominio público, de uso común y del dominio privado; asimismo, la propiedad ejidal y comunal;” | “Artículo 3 De los principios rectores: 2.- La Ciudad de México asume como principios: a) El respeto a los derechos humanos, la defensa del Estado democrático y social, el diálogo social, la cultura de la paz y la no violencia, el desarrollo económico sustentable y solidario con visión metropolitana, la más justa distribución del ingreso, la dignificación del trabajo y el salario, la erradicación de la pobreza, el respeto a la propiedad en los mismos términos del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la igualdad sustantiva, la no discriminación, la inclusión, la accesibilidad, el diseño universal, la preservación del equilibrio ecológico, la protección al ambiente, la protección y conservación del patrimonio cultural y natural. Se reconoce la propiedad de la Ciudad sobre sus bienes del dominio público, de uso común y del dominio privado; asimismo, la propiedad ejidal y comunal;” |
El Decreto entró en vigor el 3 de agosto de 2024 y su observación será obligatorio a partir de esa fecha.
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