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Declaran días no laborables compensables en el sector público en el año 2023 y enero del 2024

Alerta Legal | Laboral

29 Dec 2022 Perú 2 min de lectura

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El día 29 de diciembre del 2022 se publicó en el diario Oficial “El Peruano” el Decreto Supremo N°151-2022-PCM, mediante el cual se establecen los siguientes días no laborables compensables,  durante el año 2023 y enero del 2024, para aquellos trabajadores que se encuentren laborando en el sector público, a nivel nacional:

Días no laborables compensables

Lunes 02 de enero del 2023
Viernes 28 de abril del 2023
Viernes 30 de junio del 2023
Jueves 27 de julio del 2023
Lunes 09 de octubre del 2023
Jueves 07 de diciembre del 2023
Martes 26 de diciembre del 2023
Martes 02 de enero del 2024

Además, se han dispuesto las siguientes consideraciones sobre los mencionados días:

  • Serán considerados como hábiles para fines tributarios.
  • Las horas dejadas de laborar serán compensadas en los 10 días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca la entidad pública.
  • Las entidades del sector público deberán adoptar las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios indispensables para la sociedad.
  • Las empresas del sector privado podrán acogerse a los mencionados días no laborables, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma de compensación de las horas dejadas de laborar; a falta de acuerdo, decidirá el empleador.
  • Las entidades y empresas del sector privado que están facultadas para determinar qué puestos de trabajo están excluidos de los días no laborales —dada la importancia del servicio a la comunidad— son las que realizan labores de servicio sanitario y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transportes, puertos y aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia y traslado de valores, y expendio de víveres y alimentos.
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