Prórroga del plazo para la ejecución de fianzas, cartas fianza y pólizas de caución
Informativo Legal
Contactos
Con fecha 10 de abril de 2020 se publicó el Decreto de Urgencia No. 036-2020 que, entre otras cosas, prórroga del plazo para la ejecución de las fianzas, cartas fianza y pólizas de caución emitidas en el Perú a que se refiere el Art. 1898 -Fianza por plazo determinado- del Código Civil u otra disposición de carácter específico referida al plazo, respectivamente, por el periodo de vigencia del Estado de Emergencia Nacional, de aquellas garantías que:
- cuyo vencimiento formal se produzca durante la vigencia del referido Estado de Emergencia Nacional; y,
- cuyo vencimiento formal se produjo desde el 11 de marzo hasta el 15 de marzo de 2020.
Asimismo, el plazo para la ejecución de dichas garantías se contabilizará a partir del día siguiente de concluido el Estado de Emergencia Nacional hasta cumplir el plazo dispuesto en el Art. 1898 del Código Civil (15 días siguientes a la expiración del plazo) u otra disposición de carácter específico.
Revisa el Decreto aquí.