I. ¿Qué se ha publicado y por qué?
Mediante el Decreto Supremo N° 134-2025-PCM se ha aprobado el Texto Único Ordenado (TUO) del Reglamento de la Ley N° 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial, cuyo reglamento original fue aprobado por el Decreto Supremo N° 191-2020-PCM (en adelante, el “TUO del Reglamento”).
Desde 2020, ese reglamento fue objeto de sucesivas modificaciones a través de los Decretos Supremos N° 120-2023-PCM, 133-2023-PCM y 074-2025-PCM. Cada uno introdujo ajustes parciales: nuevos artículos, redefinición de disposiciones complementarias, regímenes transitorios y reglas específicas para instrumentos como los Estudios de Diagnóstico y Zonificación (EDZ).
La Presidencia del Consejo de Ministros sustenta la necesidad de aprobar el TUO del Reglamento de la Ley N° 27795 como una medida de claridad y sistematización, más que de cambio de fondo. De hecho, el propio D.S. N° 134-2025-PCM precisa que se trata de la aprobación de un TUO y, por ello, la norma se considera excluida del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante.
El TUO ordena en un solo cuerpo todas las modificaciones acumuladas desde 2020, con un efecto especialmente visible en las Disposiciones Complementarias Finales y Transitorias, que son las que concentran los regímenes de aplicación progresiva, los plazos y los regímenes especiales.
II. El procedimiento de demarcación territorial
La Ley N° 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial define los principios de la demarcación (unidad, continuidad territorial, racionalidad administrativa, participación, entre otros) y asigna competencias a la Presidencia del Consejo de Ministros, a los gobiernos regionales y a las municipalidades. El TUO del Reglamento aterriza esos principios en un procedimiento escalonado.
Primero, se ubica la fase de diagnóstico y estudios previos, en la que destacan los Estudios de Diagnóstico y Zonificación (EDZ) y otros instrumentos técnicos que describen la realidad territorial, los límites existentes, la distribución de población, servicios y redes viales. Estos insumos son la base para cualquier propuesta de creación, modificación o rectificación de circunscripciones.
Luego, se ordena la formulación de la propuesta de demarcación por la entidad competente, como la Secretaría de Demarcación y Organización Territorial de la PCM (SDOT) o los gobiernos regionales, según el caso. Asimismo, regula la articulación con otras entidades, como el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) o la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), y la obtención de opiniones técnicas necesarias.
A continuación, se ubica la decisión política (ordenanzas, acuerdos o leyes, dependiendo del nivel de gobierno y la acción concreta) y su posterior inscripción en el Registro Nacional de Límites (RENLIM). El RENLIM actúa como punto de referencia oficial, dando trazabilidad a los límites aprobados y evitando interpretaciones contradictorias.
Finalmente, las Disposiciones Complementarias del TUO del Reglamento precisan cómo se aplica todo lo anterior en el tiempo: qué ocurre con procedimientos en trámite, a partir de qué fecha los gobiernos regionales deben aplicar plenamente el reglamento y cómo se articulan los instrumentos aprobados bajo regímenes anteriores (como determinados EDZ) con el nuevo marco consolidado.
III. ¿Cuándo se aplican este tipo de procedimientos?
Aunque el TUO del Reglamento de la Ley de Demarcación y Organización Territorial no introduce grandes novedades, sí actúa como la norma de referencia para escenarios como los siguientes:
a) Creación y modificación de distritos y provincias
Para gobiernos regionales, municipalidades y equipos que elaboran iniciativas legislativas, el TUO del Reglamento de la Ley de Demarcación y Organización Territorial es la referencia indispensable para verificar requisitos mínimos: continuidad territorial, población, disponibilidad de servicios, soporte cartográfico adecuado y coherencia con los instrumentos de planificación existentes.
En la práctica, antes de impulsar la creación de un nuevo distrito o la modificación de un límite provincial, será necesario validar, con el TUO del Reglamento de la Ley de Demarcación y Organización Territorial en mano, que la propuesta recorre todo el procedimiento demarcatorio y que no descansa solo en el acto político (ley u ordenanza).
b) Saneamiento de límites y conflictos de colindancia
Muchas controversias entre municipalidades o entre niveles de gobierno se explican por límites poco claros, memorias descriptivas antiguas o superposiciones cartográficas. El TUO del Reglamento de la Ley de Demarcación y Organización Territorial se vuelve útil porque:
- Ordena el camino técnico-jurídico para la actualización de límites.
- Clarifica el papel del RENLIM como registro de referencia.
- Recoge en un solo cuerpo las disposiciones transitorias que indican cómo tratar los casos en que ya existen actos previos o procedimientos en curso.
Para gestiones municipales que enfrentan conflictos de colindancia, el TUO del Reglamento de la Ley de Demarcación y Organización Territorial puede funcionar como una hoja de ruta para intentar una solución administrativa-técnica antes de pasar al litigio judicial.
VI. Importancia para proyectos
En el caso de proyectos mineros, energéticos, de infraestructura o desarrollos urbanos de gran escala, la certeza sobre qué distritos o provincias son competentes (para licencias, permisos, tributos o participación ciudadana) no es un detalle menor.
El TUO del Reglamento de la Ley de Demarcación y Organización Territorial ofrece un marco consolidado para:
- Revisar si los límites relevantes se encuentran ya inscritos en el RENLIM.
- Identificar si hay procesos de demarcación en curso o pendientes que puedan afectar la delimitación del área del proyecto.
- Detectar tempranamente riesgos de doble exigencia de obligaciones (por ejemplo, tributarias o de gestión de licencia) derivados de zonas en disputa.
VII. Recomendaciones
- Antes de invertir en un proyecto ubicado en áreas de frontera distrital o provincial, verifique los límites oficiales vigentes. Consulte el Registro Nacional de Límites (RENLIM) y la cartografía oficial para identificar demarcaciones exactas y posibles superposiciones. Esto ayuda a prevenir conflictos jurisdiccionales como la doble tributación o la falta de servicios públicos por indefinición de competencias. Un diagnóstico temprano revelará si el terreno del proyecto se ubica en una zona litigiosa, permitiendo planificar medidas de contingencia. Para las municipalidades, confirmar qué límites están inscritos en el RENLIM y cuáles siguen dependiendo de memorias antiguas o actos incompletos.
- Si su empresa o proyecto se ubica en un territorio considerado para segregación o anexión, involúcrese en las consultas públicas y mesas técnicas. Aporte estudios de impacto económico y social que demuestren la viabilidad del cambio, y exponga las necesidades de infraestructura o servicios desde la perspectiva privada. Esto puede influir positivamente en el dictamen demarcatorio.