La “Carbon Border Adjustment Mechanism” o Mecanismo de Ajuste en la Frontera del Carbono (CBAM por sus siglas en inglés) crea nuevas obligaciones para la importación de bienes a la Unión Europea, con el objetivo de reducir el riesgo de “fuga de carbono”, desincentivando su transferencia a terceros países con objetivos climáticos menos ambiciosos que los de la UE.
Con ese objetivo, su Reglamento (que entró en vigencia el 1 de octubre de 2023), impone una tasa sobre el contenido de carbono de determinadas importaciones. Así, se aplicará inicialmente a las importaciones de determinadas mercancías y precursores seleccionados cuya producción sea intensiva en carbono y con el mayor riesgo de fuga de carbono: cemento, hierro y acero, aluminio, fertilizantes, electricidad e hidrógeno. Se espera que este catálogo se expanda durante los próximos años.
A efectos de solventar dicha tasa, el CBAM dispone de un mecanismo de compra de certificados por parte de los importadores. El precio de los certificados se calculará en función del precio medio semanal de las subastas de los derechos de emisión del Régimen de Comercio de Derecho de Emisión (“RCDE”), expresado en EUR / tonelada de CO2 emitido. Los importadores de los bienes tendrán que registrarse, individualmente o a través de un representante, ante las autoridades europeas.
El CBAM contempla una fase de transición desde el 1 de octubre de 2023 al 31 de diciembre de 2025. Desde el 1 de enero de 2026 los importadores deberán realizar su declaración anual de bienes importados y entregar el número de certificados de CBAM adquiridos.
Esperamos que esta nueva normativa tenga impactos comerciales y legales de cara al proceso de importación de productos de las referidas industrias al mercado de la UE.
Ante cualquier consulta no dude en contactarnos