La Agencia Nacional de Minería (ANM) expidió la Resolución 3361 del 11 de diciembre de 2025, mediante la cual reglamenta el artículo 7 de la Ley 2250 de 2022 y define los plazos y procedimientos para la adición o devolución de porciones de celdas parcialmente ocupadas por títulos mineros. La medida busca optimizar la disponibilidad de áreas en la cuadrícula minera y fortalecer el Plan Único de Legalización y Formalización Minera.
La resolución aplica a los titulares mineros con ocupación parcial de celdas y fija reglas para integrar o liberar áreas, en ejercicio de las facultades otorgadas a la ANM por las Leyes 1753 de 2015 y 1955 de 2019. La ANM deberá elaborar un inventario de estos títulos dentro de los treinta días siguientes a la entrada en vigor de la norma y requerir a los titulares para que manifiesten su intención de adición o devolución. Adicionalmente, los titulares podrán presentar solicitudes voluntarias a través de AnnA Minería, respetando los límites máximos de acumulación de área.
En el caso de la devolución de porciones de celdas, el trámite se inicia con la solicitud en AnnA Minería y la verificación de la presencia de mineros tradicionales. Validada esta condición, la ANM contará con un plazo de hasta sesenta días para expedir el acto administrativo que aprueba o niega la devolución, incorporar las celdas al Banco de Áreas y ajustar el título al sistema de cuadrícula minera.
Para la adición de porciones de celdas, la resolución exige la validación previa de ausencia de mineros tradicionales. De cumplirse este requisito, el titular deberá presentar un Estudio Técnico que soporte la necesidad de la adición, el cual será evaluado por la autoridad minera en un plazo de hasta sesenta días. La adición en celdas con concurrencia de títulos solo procederá con el consentimiento de todos los titulares involucrados.
El Estudio Técnico debe acreditar la continuidad del yacimiento y la viabilidad técnica y económica de la adición, conforme a los parámetros definidos en el anexo de la resolución, y será evaluado por la Vicepresidencia de Seguimiento, Control y Seguridad Minera.
Cuando se identifique la presencia de mineros tradicionales, la ANM activará la ruta de mediación prevista en la Ley 2250 de 2022. Si la mediación fracasa, el título se mantiene en sus condiciones originales; si es exitosa, se procederá conforme al mecanismo de formalización definido. En todo caso, el titular podrá renunciar a las celdas con presencia de mineros tradicionales.
La Resolución 3361 de 2025 entrará en vigor una vez se habilite en el Sistema Integral de Gestión Minera (SIGM) la funcionalidad necesaria para estos trámites, fecha que será informada por la ANM junto con las guías de uso correspondientes.
Si requiere más información sobre esta nueva regulación minera, le invitamos a contactar a nuestro equipo especializado en Minería, Ambiental, Sostenibilidad y Derechos Humanos.