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Referencias Jurídicas 19 jun 2025 · Colombia

Corte Constitucional ordena la suspensión de la entrada en vigencia de la Reforma Pensional

3 min de lectura

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Mediante un flash informativo, la Corte Constitucional, haciendo alusión al Auto 841 de 2025, -cuyo texto completo aún no ha sido divulgado-, decidió devolver a la plenaria de la Cámara de Representantes el proyecto de Ley de Reforma Pensional. Esta decisión tiene como finalidad que se subsanen los vicios identificados durante el cuarto debate y se lleve a cabo una nueva discusión y votación.

Lo anterior significa que la Corte aún no ha tomado una decisión definitiva sobre la constitucionalidad de la Ley, y solo una vez se cumpla este procedimiento, la Corte volverá a analizar el texto y tomará una decisión de fondo sobre el articulado.

En este contexto, la Corte Constitucional le ordenó al presidente de la Cámara de Representantes que, en un plazo máximo de 30 días hábiles contados a partir de la notificación de la providencia - es decir, del auto que, como se mencionó, aún no ha sido formalmente publicado-, se realice la discusión y votación del último debate que permita subsanar el vicio de haber aceptado la ponencia alternativa a “pupitrazo”. Lo anterior, ya sea en sesiones ordinarias o extraordinarias, según corresponda.

Como consecuencia de esta determinación, la entrada en vigor de la Reforma Pensional, prevista para el 1 de julio de 2025, queda suspendida, con excepción de dos disposiciones:

  • El parágrafo transitorio del artículo 12, relacionado con la elección de la Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI), para todas aquellas personas que no logran ser parte del régimen de transición previsto por la Ley 2381 de 2024.
  • El artículo 76, que establece la Oportunidad de Traslado para quienes son beneficiarios del régimen de transición, es decir, aquellos que al 30 de junio del año en curso cuentan con 750 semanas cotizadas en el caso de las mujeres y 900 semanas en el caso de los hombres.

En ese sentido, la suspensión de la Ley 2381 de 2024 se mantendrá hasta que la Corte adopte una decisión definitiva sobre la exequibilidad del texto, cuya fecha exacta aún se desconoce en tanto primero se deberá agotar el trámite ante la Cámara de Representantes, para decidir si se acoge el texto aprobado por el Senado o se incluyen nuevas disposiciones, sin tener en cuenta el tiempo adicional que podría tomar una eventual conciliación del texto. Entre tanto, la Ley 100 de 1993 continúa vigente como el marco legal del Sistema Pensional Colombiano.

 

Si requiere ampliar esta información, lo invitamos a contactar a nuestro equipo de Derecho Laboral & Pensiones

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