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La Denominación de Origen, una herramienta subvalorada que crea valor

La Denominación de Origen reconoce la relación entre la reputación, la calidad o cualquier otra característica de un producto y su procedencia geográfica

Poco conocida del empresario colombiano, la Denominación de Origen es una herramienta eficaz para crear valor y diferenciarse de los competidores. Hoy en día existen en Colombia 157 Denominaciones de Origen registradas ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), de las cuales solamente 27 se refieren a productos colombianos.

La denominación de Origen consiste en la designación de un país, de una región o de una zona geográfica de la cual se origina el producto, cuya calidad y características se derivan de su lugar de origen. Europa es la cuna de las Denominaciones de Origen y cuenta con designaciones internacionalmente reconocidas como “Champagne”, “Queso Feta” y “Jamón Serrano” desde años atrás. El ejemplo nacional más representativo es la denominación “CAFÉ DE COLOMBIA” que diferencia el café cultivado y producido en la zona cafetera y cuya reputación es ahora de nivel internacional.

La Denominación de Origen reconoce la relación entre la reputación, la calidad o cualquier otra característica de un producto y su procedencia geográfica.

¿Qué productos pueden beneficiar de una Denominación de Origen?

Los productos agrícolas son los productos con mayor predisposición por depender directamente de factores como la calidad del suelo y el clima. Así es como el Queso Paípa cuyo sabor depende directamente de los factores geográficos que contextualizan su elaboración beneficia de una protección especial que lo protege contra el aprovechamiento indebido de su reputación.

También pueden destacar las cualidades específicas de productos cuyas características sean consecuencia de factores humanos propios de su lugar de origen, tales como las técnicas y los métodos tradicionales de fabricación. Nos referimos por ejemplo a las artesanías: la Cestería de Guacamayas, la Tejeduría Wayuu y la Cerámica de Ráquira.

¿Qué beneficio ofrece la Denominación de Origen al empresario?

Es una herramienta de protección que ofrece a los productores y artesanos la posibilidad de crear mercados especializados diferenciados por territorio, convirtiendo los recursos locales en un atributo. Las denominaciones de origen podrán utilizarse como una valiosa herramienta de diferenciación que permite impedir a los competidores de otras regiones usar toda referencia directa o indirecta al lugar cuya reputación ha sido reconocida.

A diferencia de las marcas, el derecho que otorga la Denominación de Origen no tiene limite temporal, sino que se mantendrá mientras se mantengan vigentes las cualidades otorgadas por el medio geográfico al producto amparado.

¿Quién puede obtener una Denominación de Origen?

Por ser un derecho colectivo, el titular es el Estado Colombiano en cabeza de la SIC, pero esta puede delegar la "administración" de la denominación de origen a entidades públicas o privadas que representen a las personas que se dedican a la extracción, producción o elaboración de los productos identificados con la denominación de origen.

En este sentido, la Declaración de Protección de la Denominación de Origen puede ser solicitada por las asociaciones o entidades que agrupan a los productores, elaboradores, extractores o transformadores de los productos que se pretenden amparar.

¿Quién puede usar una Denominación de Origen?

Toda persona que se dedique a la extracción, producción o elaboración de los productos distinguidos por la denominación de origen dentro de la zona geográfica delimitada podrá solicitar una autorización de uso de la denominación de origen.

¿Cómo solicitar la declaración de protección de una Denominación de Origen?

La protección de una Denominación de Origen nueva puede solicitarse ante la SIC aportando los elementos esenciales de la misma: Denominación objeto de la solicitud, zona geográfica delimitada, descripción de los productos designados, reseña de sus calidades, reputación u otras características esenciales acompañada de pruebas que demuestren que las cualidades o características del producto se deben exclusiva o esencialmente al medio geográfico.

Finalmente, es relevante mencionar que, en caso de no cumplir con los requisitos necesarios para una protección como Denominación de Origen, se podrá considerar la protección otorgada por una Marca Colectiva, que otorga beneficios similares, aunque en menor proporción.

Autores

Imagen deLola Kandelaft, LL.M.
Lola Kandelaft, LL.M.
Asociada Directora
Bogotá