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Las prácticas de greenwashing en el ámbito financiero: el caso de BNY Mellon Investment Adviser INC.

BNY Mellon Investment Adviser INC (“BNY”), una empresa dedicada a la gestión de inversiones, fue sancionada el 23 de mayo de 2022 por parte de la Comisión de Bolsa y Valores de los Estados Unidos (“SEC” por sus siglas en inglés).

Los hechos investigados por la SEC relatan que BNY, durante el periodo comprendido entre julio de 2018 y septiembre de 2021, afirmó que ciertas inversiones que estaban llevando a cabo cumplían con estándares y calificaciones satisfactorias asociados a criterios ambientales, sociales y de gobierno (“ESG” por sus siglas en inglés).  Es decir, BNY habría afirmado que ciertas consideraciones ESG y calificaciones eran tenidas en cuenta para llevar a cabo inversiones en fondos que no siempre tenían la calificación o revisión de calidad de ESG. 

Por esta razón, SEC impuso una multa de USD$1.500.000 en contra de BNY, pues la encontró responsable de violar las disposiciones contenidas en los artículos 206(2) y 206(4) de la Ley de Asesores de Inversión de 1994 (Investment Advisers Act of 1994) y las reglas 206(4)-7 y 206(4)-9 asociadas a dicha ley, así como el artículo 34(b) de la Ley de Sociedades de Inversión (Investment Company Act). En términos generales, estas violaciones consisten en (i) participar en cualquier negocio que engañe a un potencial cliente; (ii) afirmar u omitir hechos materiales necesarios para que una declaración no sea engañosa; (iii) no implementar medidas para prevenir la violación de la Ley de Asesores de Inversión y (iv) hacer declaraciones falsas en documentos presentados o emitidos de acuerdo con la Ley de Sociedades de Inversión.

1. Relevancia de los criterios de ESG

Cada vez son más las inversiones que se realizan con el objetivo de generar un impacto positivo a largo plazo en la sociedad, el medio ambiente y, en general, el desempeño y los procesos de los negocios. En cada uno de estos elementos (ambiente, gobierno y sociedad), se han propuesto distintos criterios encaminados a realizar acciones que generen un impacto positivo.

Por ejemplo, en materia medioambiental es común que se propongan acciones encaminadas a implementar procesos que garanticen la eficacia de recursos, o adoptar sistemas que utilicen energías renovables.  Por su parte, en materia social puede procurarse que parte del ejercicio de la actividad de la empresa se realice con determinadas poblaciones.  Por último, en materia de gobierno comúnmente se asocia la implementación de sistemas de gestión de riesgos de delitos como corrupción o soborno trasnacional, o la adopción de políticas internas de, por ejemplo, no discriminación.

Cada día los criterios de ESG cobran mayor relevancia al momento de realizar inversiones, bien sea por el atractivo que supone implementar dichos estándares en las actividades económicas, o bien porque en sí mismas pueden tener un impacto en la calificación de los riesgos en determinada inversión.  

Nótese que Colombia también ha reconocido la relevancia de los criterios ESG en el campo de las inversiones.  Cabe recordar que el 18 de agosto de 2022, la Superintendencia Financiera de Colombia publicó la hoja de ruta “Hacia el enverdecimiento del Sistema Financiero Colombiano”, donde se incluyen ciertas categorías que deben ser implementadas en establecimientos de crédito y entidades aseguradoras en materia de ESG (consulte nuestra publicación sobre el tema en el siguiente link:  https://bit.ly/3YWtuAP) . 

Así pues, las empresas progresivamente han incorporado, como parte de sus estrategias de negocios, la adopción de criterios que permitan generar mejores impactos en materia medioambiental, social y de gobierno.  Esto ha sido respaldado por un incentivo en los mercados de calificar de mejor manera dichas empresas y hacer más atractivas las inversiones en las mismas.

2. Greenwashing:

La relevancia actual de la adopción de criterios de ESG ha mostrado un problema que se ha traducido en una “mala práctica” conocida como “greenwashing”.  Es decir, publicitar o afirmar que un negocio o una compañía ha adoptado políticas o criterios de ESG, cuando en realidad esto no es cierto, o tal vez sí han sido adoptadas, pero de manera.  Normalmente el propósito del greenwashing es (i) convertirse en un atractivo para los inversionistas o consumidores; o (ii) ocultar los impactos reales que tiene su operación.

Algunas de las prácticas de greenwashing que comúnmente se han identificado son: (i) hacer afirmaciones falsas o inexactas sobre los estándares ESG adoptados en un proceso o negocio; (ii) adoptar definiciones o términos tan genéricos o escuetos que lleven a la confusión del consumidor o inversionista; o (iii) asegurar que determinados productos o procesos cumplen con criterios o estándares ESG que no han sido certificados o verificados.

Estas prácticas defraudan las expectativas y las condiciones bajo las cuales un consumidor o inversor lleva a cabo ciertas operaciones.  Así mismo, crea condiciones desiguales respecto de aquellas compañías que sí adoptan de manera apropiada criterios y estándares ESG con los costos que dicha implementación puede suponer.

Así pues, la decisión adoptada por la SEC en contra de BNY ratifica de alguna manera que los criterios ESG son importantes para inversionistas y consumidores, y supone una muestra de rechazo contundente a las prácticas de greenwashing en la industria financiera.

Así mismo, es un llamado a todas las compañías a adoptar criterios ESG de manera responsable, a fin de asegurar que los intereses de los inversionistas y consumidores se vean atendidos y protegidos al momento de llevar a cabo sus inversiones, sobre todo considerando que, en ocasiones, el factor determinante puede ser la adopción de criterios ESG. 

Autores

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Daniel Rodríguez, LL.M.
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Camila Posada
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María Alejandra Ramírez
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