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Noticias 05 sept 2024 · Colombia

Modificaciones clave en la documentación para acreditar la capacidad económica en propuestas de concesión minera con requisitos diferenciales

3 min de lectura

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La Agencia Nacional de Minería (ANM) publicó un Proyecto de Resolución  mediante el cual introduce cambios en la Resolución No. 614 del 22 de diciembre de 2020, abierto para comentarios desde el 22 de agosto hasta el 18 de septiembre de 2024. Esta actualización busca ajustar los requisitos documentales para acreditar la capacidad económica en las propuestas de concesión minera con requisitos diferenciales. A continuación, se resumen los aspectos más relevantes del proyecto:

  • El proyecto amplía la aplicación de las disposiciones de la Resolución No. 614 de 2020 a las propuestas de contratos de concesión presentadas por mineros de pequeña escala y beneficiarios de devolución de áreas para la formalización. Esto incluye tanto las solicitudes de titulación para contratos que iniciarán en la etapa de exploración como aquellas en la etapa de exploración con explotación anticipada.
  • La Autoridad Minera evaluará la capacidad económica diferencial en función de la información proporcionada por el solicitante, según se trate de una persona natural o jurídica.

Para las personas naturales, se requerirá:

  1. Estados financieros o certificación de ingresos, dependiendo de la obligación de llevar contabilidad.
  2. Declaración de renta, si corresponde.
  3. Registro Único Tributario (RUT) actualizado, con fecha de expedición no superior a 30 días.

Para las personas jurídicas, se pedirá:

  1. Estados financieros certificados y dictaminados.
  2. Declaración de renta del último año gravable.
  3. Registro Único Tributario (RUT) actualizado, con fecha de expedición no superior a 30 días.

En cuanto a la documentación para la etapa de exploración con explotación anticipada, no será necesaria la acreditación económica, ya que la evaluación se basará en el anexo técnico correspondiente.

Finalmente, el proyecto de norma menciona que la capacidad económica se evaluará asegurando que los ingresos y la capacidad de endeudamiento cubran adecuadamente la inversión requerida para la etapa exploratoria. La Autoridad Minera revisará estos datos en función de la inversión a realizar, conforme a lo establecido en el Programa Mínimo Exploratorio y en el Manual de Suministro y Entrega de Información Geológica. En caso de necesidad, los solicitantes podrán complementar su capacidad económica mediante avales financieros o fiducias en garantía.

 

Si quiere ampliar esta información, lo invitamos a contactar a nuestro equipo de Minería, Ambiental y Sostenibilidad.

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