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NUEVAS MEDIDAS EXPEDIDAS EN BENEFICIO DE LOS PENSIONADOS, PARA MITIGAR RIESGOS DE CONTAGIO DEL CORONAVIRUS

Acciones adoptadas por las administradoras de pensiones con ocasión al Covid-19

Desde el pasado 19 de marzo de 2020 y, como consecuencia de la declaración de Estado de Emergencia y del aislamiento preventivo obligatorio para personas mayores de 70 años decretados por el Presidente de la República, los diferentes fondos de pensiones han dado a conocer las nuevas medidas que se implementaran, para seguirle garantizando el pago de las mesadas pensionales a aquellos pensionados que realizaban su cobro por ventanilla.

Estas medidas tienen como principal finalidad la de proteger la salud e integridad de los adultos mayores de 70 años. Así mismo, se busca evitar desplazamientos, aglomeraciones de personas en espacio públicos, promover el autocuidado y prevenir el contagio del coronavirus.

La Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones ha comunicado que seguirá girando las mesadas de sus pensionados como de costumbre. Para las personas mayores de 70 años, que cobran sus mesadas por ventanilla, se les asignará gratuitamente una cuenta bancaria para que pueda realizar sus cobros a través de cajeros físicos. El único requisito para ello es comunicarse con la Línea de Bienestar 018000 42 5555 para actualizar sus datos y así la entidad bancaria pueda entregarle de manera física o virtual el medio de pago de su mesada pensional.

Para el resto de pensionados, menores de 70 años, Colpensiones ha dispuesto que el pago de sus mesadas pensionales se vendrá realizando de la forma habitual; sin embargo, hace un llamado a cumplir con responsabilidad las medidas de protección y prevención implementadas por las entidades financieras.

En esa misma línea, las Administradoras de Fondos de Pensiones privados han informado que, dentro de sus medidas de protección a sus pensionados, está la de crearle cuentas bancarias a quienes no estén bancarizados, con el fin de efectuar el pago de sus mesadas por consignación y así evitar desplazamientos a sus oficinas. De igual forma, quienes no quieran ser bancarizados, las AFP están desarrollando alianzas con las entidades bancarias, para trasladar el pago de la mesada pensional en efectivo directamente al domicilio del pensionado, por parte de una transportadora de valores.

De conformidad con los comunicados que han publicado las diferentes entidades, se dará prioridad, para la implementación de éstas medidas, a las ciudades que han reportado hasta la fecha mayor riesgo de contagio, como lo son Bogotá y sus municipios cercanos, Cali, Cartagena, Cúcuta, Medellín y área metropolitana, Neiva y Palmira.

Acreditación de la fe de vida de nacionales residentes en el exterior

Debido a la emergencia de salud pública y social, de carácter global, que ha desatado el Coronavirus, el Ministerio del Trabajo el pasado 27 de marzo de 2020, expidió el Decreto 488 de 2020, el cual dentro de las medidas extraordinarias que se establecieron, se encuentra en su artículo 8° la de suspender, por el término de seis (6) meses, la acreditación de la fe de vida que debían presentar los connacionales residentes fuera del país, ante las entidades que forman parte del Sistema General de Seguridad Social Integral, mientras persistan los hechos que dieron lugar a la Emergencia Económica, Social y Ecológica.

Recordemos que, de conformidad con el Decreto Ley 019 de 2012, modificado por el artículo 36 del Decreto Ley 2106 de 2019, los nacionales fuera del país debían acreditar la fe de vida (supervivencia) antes las entidades del Sistema General de Seguridad Social cada seis (6) meses, ya sea por presentación ante el consulado donde se encuentre viviendo la persona o mediante documento expedido por autoridad pública de la ciudad donde ésta resida.

Con esta medida coyuntural, el Estado busca beneficiar y la vez proteger a los colombianos residentes en el exterior, para que no deban realizar desplazamientos hacia consulados, especialmente los pensionados que debían realizar estos traslados con el fin de realizar su acreditación.

Autores

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Adriana Escobar
Socia
Bogotá
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Valentina Ojeda
Asociada Senior
Bogotá