En medio de las actuales tensiones en las relaciones comerciales internacionales de Colombia, y casi como en una burbuja, se realizó una de las ferias culturales más importantes del país: PROFLORA. Nuestra floricultura volvió a consolidarse como un ejemplo de éxito en el modelo exportador, evidenciando la importancia de las alianzas internacionales para promover el crecimiento económico del sector.
Sin embargo, tras éste innegable éxito, también han emergido erradas decisiones por parte de las Autoridad Administrativas que amenazan el sector floricultor.
En concreto, la Autoridad Aduanera señaló que, para clasificar una mercancía la subpartida 8424.82.21.00 —correspondiente a “sistemas de riego”— el importador no solo debe solicitarle formalmente la expedición de una Resolución Oficial de Clasificación Arancelaria como Unidad Funcional; sino que para ello, además debe suministrarle información detallada del predio donde se instalaría la mercancía, incluyendo planos, tipo de cultivo, ubicación de la fuente de agua del lugar, entre otros aspectos que no se establecieron en el Arancel de Aduanas (Decreto 1881 de 2021). Estos requisitos, que implican una carga onerosa, desproporcionada y desconectada de la realidad de pequeños productores y del mercado local, desconoce las particularidades propias del sector.
A través de estas interpretaciones restrictivas, la Aduana colombiana dificulta, por no decir anula, el acceso a beneficios tributarios en las importaciones y adquisiciones nacionales de sistemas de riego, infraestructura fundamental para la producción de flores y otros cultivos.
A ello se suma que la Autoridad Aduanera Colombiana, a diferencia de otras, también ha negado la emisión de resoluciones de clasificación arancelaria por la subpartida 8424.90.10.00, correspondiente a “partes” de sistemas de riego. Esto implica que quienes desean importar kits con todos los componentes necesarios para sistemas de riego, para posteriormente comercializarlos entre agricultores locales, deben dividir esos kits y traer cada parte por separado, desconociendo la naturaleza de esta mercancía que fue diseñada para ser utilizada de manera exclusiva o principal en sistemas de riego y, conllevando a que, en la práctica, dichas importaciones no gocen de la exclusión de IVA y arancel correspondiente.
El impacto de esta interpretación de la aduana colombiana es sumamente preocupante: solo los grandes productores, que cuentan con capacidad técnica, jurídica y financiera para cumplir con los requisitos de la DIAN —que como se ha señalado, no están expresamente previstos en la ley—, podrán acceder a los beneficios tributarios. En contraste, el pequeño agricultor, que adquiere sus sistemas de riego de forma modular a través de proveedores locales, termina pagando más por la misma tecnología. Esta situación no solo genera una inequidad tributaria, sino que desincentiva la tecnificación del agro, contradiciendo los objetivos de sostenibilidad y competitividad que el país promueve en sus políticas públicas.
Es importante resaltar que, según los datos públicos de Asocolflores, el sector floricultor genera 16 empleos por hectárea y representa el 28 % del empleo formal en el agro nacional[1], lo que nos ayuda a dimensionar el efecto enorme de la interpretación de la Autoridad Aduanera.
Así, aunque la floricultura colombiana ha demostrado que es posible construir un modelo exportador exitoso, para que este éxito sea sostenible y replicable, es urgente que la aduana revise sus criterios interpretativos y reconozca el acceso equitativo a los beneficios tributarios determinados en la ley, tan importantes en el fortalecimiento del sector.
Si el gobierno colombiano aspira a consolidar una política comercial y agropecuaria verdaderamente sostenible y justa, debe garantizar que todos los productores, independientemente de su tamaño, tengan acceso equitativo a los incentivos y beneficios que la ley contempla sin discriminación alguna.
[1] https://asocolflores.org/sector-floricultor/