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Un Brexit sin acuerdo deja incertidumbre sobre los derechos marcarios en el Reino Unido

El 29 de marzo de 2017 el Reino Unido notificó su intención de retirarse de la Unión Europea, salida que se hará efectiva el próximo 29 de marzo de 2019. En este orden de ideas, las marcas registradas de la Unión actualmente efectivas en los 28 estados miembros de la Unión Europea ya no tendrán ningún efecto en el Reino Unido después del Brexit.

A lo largo de los últimos dos años el estado saliente negoció un acuerdo para mitigar las consecuencias de su retiro, en el cual se proponía que todos los registros marcarios de la Unión Europea se repitieran en el Registro del Reino Unido. No obstante, el pasado 15 de enero de 2019 la Cámara de los Comunes del Reino Unido rechazó de manera sonora el acuerdo arduamente negociado, a tan solo 10 semanas de la fecha programada del Brexit.

La posibilidad de una salida sin acuerdo deja incierto el estado de los registros de marcas de la UE en el Reino Unido, aunque el Gobierno del Reino Unido en una comunicación del 17 de enero pasado reafirmó su intención de replicar los registros marcarios de la UE en el Reino Unido, incluso en la ausencia de un acuerdo.

El gobierno británico asegura de que los derechos de propiedad de todas las marcas registradas y diseños comunitarios registrados existentes en la UE continuarán siendo protegidos en el Reino Unido a través del otorgamiento automático de una marca nacional.

Así, de cumplirse la promesa, los titulares de derechos de marcas comunitarias registradas tendrán un nuevo derecho equivalente del Reino Unido que entrará en vigor en el momento de la salida del Reino Unido y que serán tratados como si hubieran sido solicitados y registrados conforme a la legislación del Reino Unido desde un principio.

Por lo contrario, los titulares de solicitudes de marca comunitaria que estén en curso el 29 de marzo de 2019 tendrán que presentar una nueva solicitud ante la Oficina de Propiedad Intelectual del Reino Unido, con la única posibilidad de invocar una fecha de prioridad anterior.

Sin embargo, por el momento, las regulaciones anunciadas aún no se han adoptado y es difícil prever si la Cámara de los Comunes aprobará las disposiciones legales necesarias a su aplicación antes del Brexit. Para garantizar la continuidad de sus derechos en el Reino Unido, los titulares de marcas deberían presentar una solicitud de registro marcario nacional antes del 29 de marzo.

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Imagen deLola Kandelaft, LL.M.
Lola Kandelaft, LL.M.
Asociada Directora
Bogotá