Open navigation
Buscar
Buscar

Seleccione su región

El papel que puede desempeñar España en el Nuevo Sistema de Patente Unitaria

04 Oct 2023 España 5 min de lectura

On this page

Contacto

María Peña / María González Gordon

La entrada en vigor del Acuerdo por el que se crea un Tribunal Unificado de Patentes en junio de 2023 representa una transformación en el sistema de patentes europeo. No obstante, es importante señalar que España aún no ha formalizado su adhesión al Acuerdo correspondiente. A pesar de ello, España mantiene su atractivo como jurisdicción para la gestión de patentes, en virtud de su pertenencia a la Unión Europea, la existencia de tribunales especializados y tarifas competitivas.

¿Podría España tener un papel crucial en la estrategia de patentes en el Sistema de Patente Unitaria?

Los Reglamentos (UE) 1257/2012 y 1260/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, ambos del 17 de diciembre de 2012, que regulan la Patente Europea con Efecto Unitario (en adelante, “patente europea”), marcan un cambio significativo en el sistema de patentes europeo. A partir del 1 de junio, finalmente se han cumplido los requisitos para que el Acuerdo sobre el Tribunal Unificado de Patentes (en adelante, “ATUP”) entre en vigor. Con ello, se inicia el funcionamiento de dicho Tribunal y se logra la plena aplicación de los mencionados Reglamentos. Este nuevo sistema proporciona una protección unitaria mediante patente, cuyo alcance y limitaciones serán uniformes en todos los Estados miembros participantes (art. 5 R(UE) 1257/2012).

Antes de la implementación de la patente europea unitaria, el registro de patentes requería trámites individuales en cada Estado miembro donde se pretendía tener protección. Asimismo, la anulación de patentes se tramitaba a través de los tribunales de cada Estado miembro donde se había registrado la patente. Este sistema, criticado por su ineficiencia, experimentará un cambio radical con la introducción de la patente europea.

En este contexto, España, junto con Polonia y Croacia, se encuentra entre los tres Estados miembros no signatarios del ATUP. Aunque la opción de adherirse sigue abierta, actualmente parece poco probable que España proceda a ello. Esta decisión ha suscitado diversas opiniones sobre el papel que España podría desempeñar en este nuevo sistema.
Una posible consecuencia de la decisión de España de no participar en el ATUP es que el negocio relacionado con las patentes pueda desplazarse y concentrarse en otros Estados miembros participantes como Francia o Italia, donde no solo se pueden presentar patentes unitarias, sino donde también se establecerán tribunales para resolver los litigios que deriven de ellas. En este sentido, pueden consultarse los destinos en los que se establecerán tribunales en la página web oficial del ATUP.

Además, dado que el registro de una patente europea tendrá efectos en todos los Estados miembros participantes (según lo establecido en el art. 3.2 del R(UE) 1257/2012), una patente unitaria europea no proporcionará protección directa en España, lo que requerirá un registro independiente. 

Sin embargo, esta situación puede presentar ventajas estratégicas. Al igual que la patente europea, la patente unitaria se considerará en todos los Estados miembros participantes como una patente nacional (art. 7 R(UE) 1257/2012), de modo que en caso de invalidación de la patente unitaria, los efectos se extenderán a todos esos países signatarios perdiendo consecuentemente tal protección en todos ellos. Por lo tanto, sería recomendable para el titular de una patente unitaria registrar también una patente independiente en España. En caso de invalidación de la patente unitaria, el titular aún conservaría derechos derivados de la patente protegida en España. 

Una situación en la que España podría desempeñar un papel especialmente estratégico se presentaría cuando un titular de una patente considera que su invención ha sido vulnerada por un uso no autorizado. En tal escenario, sería recomendable iniciar las correspondientes acciones ante los tribunales españoles, ya que, si la parte contraria argumenta que la patente no debería haberse concedido en un primer momento, y el tribunal falla a su favor anulando la patente, la protección en los demás países signatarios seguiría en pie.

Es importante destacar que, a diferencia de Reino Unido, que ya no forma parte de la Unión Europea y, por ende, del sistema de patente unitaria, España sigue siendo un destino atractivo para la gestión de patentes. Esto se debe a su pertenencia a la Unión Europea y a la existencia de tribunales especializados en propiedad industrial. Estos tribunales han ganado reconocimiento por su experiencia en materia de patentes, marcas y diseños, lo que hace que España sea un lugar atractivo para resolver disputas sobre derechos de propiedad industrial. Además, las tarifas de los servicios legales son más competitivas en España.

En conclusión, la decisión de España de no adherirse al nuevo sistema de patente unitaria no implica que su influencia en el ámbito de las patentes se vea mermado. De hecho, registrar una patente en España puede constituir un movimiento estratégico a la hora de diseñar una cartera internacional de patentes.  
 

Referencias Jurídicas

Si desea recibir periódicamente las publicaciones de Referencias Jurídicas CMS, que analizan y comentan la actualidad legal y jurisprudencial de interés, puede suscribirse a través del siguiente formulario.

Volver arriba Volver arriba