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Newsletter 26 Jun 2025 · España

La EBA publica una carta de no acción sobre la aplicación a determinados servicios sobre stablecoins de la normativa MiCA y PSD2

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El 10 de junio de 2025, la Autoridad Bancaria Europea (“EBA”) publicó una carta de no acción dirigida a las autoridades nacionales competentes (“ANCs”) de toda la Unión Europea (“UE”). La carta ofrece indicaciones sobre cómo deben tratarse determinados servicios sobre criptoactivos relacionados con fichas de dinero electrónico (“EMTs”) (más conocidos como stablecoins) durante el período transitorio antes de que entren en vigor el nuevo Reglamento sobre Servicios de Pago (“PSR”) y la Tercera Directiva de Servicios de Pago (“PSD3”).

El 10 de junio de 2025, la Autoridad Bancaria Europea (“EBA”) publicó una carta de no acción dirigida a las autoridades nacionales competentes (“ANCs”) de toda la Unión Europea (“UE”). La carta ofrece indicaciones sobre cómo deben tratarse determinados servicios sobre criptoactivos relacionados con fichas de dinero electrónico (“EMTs”) (más conocidos como stablecoins) durante el período transitorio antes de que entren en vigor el nuevo Reglamento sobre Servicios de Pago (“PSR”) y la Tercera Directiva de Servicios de Pago (“PSD3”). EBA señala que, por el momento, algunos servicios relacionados con EMTs requerirán una doble autorización: una de acuerdo con el Reglamento sobre Mercados de Criptoactivos (“MiCA”) y otra de acuerdo con la Segunda Directiva de Servicios de Pago (“PSD2”).

EBA considera que entran en el marco de la PSD2 los siguientes servicios relacionados con EMT: la transferencia de EMTs en nombre de clientes, la custodia y administración de EMTs, y los monederos custodiados que permiten enviar y recibir EMTs de y a terceros. Los proveedores de servicios de criptoactivos que ofrezcan cualquiera de estos servicios, a pesar de ser titulares de una licencia MiCA, deberán obtener una licencia de proveedor PSD2 de servicios de pago (“PSP”) o llegar a algún tipo de acuerdo en la prestación de servicios con un PSP.

1.- Medidas transitorias y prioridad de supervisión

Para reducir la carga de la doble autorización, EBA aconseja a las ANCs aplicar procedimientos de autorización simplificados. Estos podrían basarse en la documentación ya presentada en el proceso de autorización para los proveedores de servicios de criptoactivos de acuerdo con MiCA. Además, EBA recomienda conceder un período transitorio hasta el 1 de marzo de 2026. Durante ese tiempo, las empresas podrán seguir prestando los anteriores servicios relacionados con EMTs mientras obtienen la autorización PSD2 o establecen algún tipo de acuerdo con un PSP. Una vez pasado ese plazo, solo podrán seguir ofreciendo esos servicios si ya cuentan con la cobertura adecuada de acuerdo con PSD2.

EBA también propone un enfoque de supervisión adaptado. Durante el período transitorio, pide a las ANCs que prioricen el cumplimiento de las obligaciones prudenciales más importantes. Esto incluye, sobre todo, la autenticación reforzada del cliente (“SCA”), la notificación de fraudes y los requisitos de capital. De forma temporal, se puede dar menor prioridad al cumplimiento de ciertas normas de conducta, como la protección de los fondos de los clientes, la información al consumidor, los plazos de ejecución, el uso de identificadores únicos (como el IBAN) y el acceso abierto al sistema bancario.

2.- Actividades sobre EMT fuera del ámbito de la PSD2

No todos los servicios sobre EMTs estarían regulados por la PSD2. EBA aclara que el intercambio de criptoactivos por dinero fiduciario o por otros criptoactivos, así como la intermediación en compras pagadas con EMTs, no se consideran servicios de pago. Por tanto, seguirán regulados únicamente por MiCA. Estas exclusiones buscan limitar el número de actividades sujetas a doble regulación y reducir cargas innecesarias para los proveedores de servicios de criptoactivos.

3.- Perspectivas legislativas e implicaciones para el mercado

A largo plazo, EBA pide a las instituciones de la UE que eviten mantener de forma permanente esta doble autorización para determinados servicios sobre EMTs. Su solución preferida es modificar MiCA para incluir, o al menos referenciar, los principales requisitos sobre pagos recogidos en PSD3 y PSR. Como alternativa, plantea que PSD3 y PSR aclaren cómo se aplica esta normativa a determinados servicios sobre EMTs sin exigir una segunda licencia.

La carta de no acción se aplica a todas las entidades que presten servicios relacionados con EMTs, independientemente de si ya están autorizadas bajo MiCA o PSD2. Aunque las medidas transitorias ofrecen cierta flexibilidad, EBA deja claro que seguirá siendo necesaria una doble autorización hasta que entren en vigor PSD3 y el nuevo reglamento PSR. Por ello, las empresas deben evaluar si sus servicios están dentro del alcance de la norma y empezar a prepararse para cumplir con ella.