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Referencias Jurídicas 04 may 2023 · España

Principales implicaciones del Reglamento MiCA para las entidades del mercado de criptoactivos

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Jaime Bofill, Marisa Ruiz y Sara Piñero

El pasado 20 de abril de 2023, el Parlamento Europeo aprobó el texto definitivo del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a los mercados de criptoactivos y por el que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937 (en adelante, "Reglamento MiCA" o "Reglamento") y del Reglamento relativo a la información que acompaña a las transferencias de fondos y de determinados criptoactivos (en adelante, “Reglamento de Viaje de las criptomonedas”).

Con estas dos nuevas aprobaciones, la regulación del mercado de criptoactivos a nivel europeo es una realidad, promulgándose la primera normativa armonizada sobre esta materia.

La entrada en vigor del Reglamento MiCA, que tendrá lugar a los 20 días desde su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, repercutirá en todos los agentes del mercado, tanto en los emisores de criptoactivos como en los proveedores de servicios relacionados con estos. De cualquier forma, se prevé una aplicación escalonada del Reglamento MiCA. Aunque, en general, la normativa será aplicable a los 18 meses desde la fecha de entrada en vigor, las normas contenidas en los títulos III y IV serán aplicables a los 12 meses desde su entrada en vigor.

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