Más allá del ruido mediático generado, lo cierto es que la propuesta comienza a ser una realidad. Ayer, 4 de febrero de 2025, el Consejo de Ministros aprobó el Anteproyecto de Ley para la reducción de la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo, el registro de jornada y el derecho a la desconexión.
La intención de este anteproyecto es modificar tanto la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobada por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, como la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobada por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
A continuación, os dejamos algunas claves de este nuevo texto:
Reforzamiento de las sanciones:
- Ampliación de las multas por infracciones graves en materia de tiempo de trabajo: de 751-7.500€, a la horquilla de 1.000-10.000€.
- Consideración de una infracción por persona trabajada por la falta de registro horario.
Mayor concreción del derecho a la desconexión digital:
- Prohibición expresa de las solicitudes de realizar tareas o comunicarse con las personas trabajadoras fuera de su horario de trabajo.
Reducción de la jornada:
- Limitación de la jornada máxima legal a 37,5 horas, en cómputo semanal.
Regulación del sistema de registro de jornada:
- Obligación de contar con un registro digitalizado.
- Derecho de acceso al registro en cualquier momento por las personas trabajadoras y sus representantes legales, así como a la Inspección de Trabajo.
- Obligación para la empresa de entregar un resumen de las horas realizadas a las personas trabajadoras.
- Ante la falta de registro horario, establecimiento de la presunción de veracidad a cualquier reclamación horaria por parte de las personas trabajadoras.
De momento, el texto es solo un Anteproyecto. Es decir, es el primer borrador de un proyecto de ley. Todavía debe aprobarse como proyecto por el Gobierno. Y, posteriormente, debatirse y someterse a trámites de enmiendas en las Cortes Generales.