SBS dispone prórroga del plazo para protestar títulos valores que se encuentren en poder de las entidades sujetas a control de la SBS
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El día 14 de abril de 2020, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) emitió la Resolución SBS No. 1281-2020, la cual reemplaza la Resolución SBS No. 1260-2020, en atención a la ampliación del estado de emergencia que vive el país a consecuencia del brote del COVID-19, mediante el cual ha dispuesto que el plazo para realizar el protesto (incluye la formalidad sustitutoria conforme a ley) de los títulos valores que se encuentren en poder de las entidades sujetas a control de la SBS, y cuyos obligados al pago domicilian en Perú o cuyo protesto debía llevarse a cabo en el Perú, se prorrogue hasta el 15 de junio de 2020.
La presente medida extraordinaria será aplicable a todo título valor que, al 11 de marzo de 2020, se encontraba con plazo vigente para ser protestado pero que, como consecuencia del estado de emergencia vigente, no pudo ser protestado dentro de los plazos legales, y será extensible para todo título valor cuyo vencimiento del plazo para realizar el protesto ocurra hasta el 15 de mayo de 2020.