La Agencia Nacional de minería, publicó proyecto de acto administrativo cuya finalidad es establecer las condiciones y periodicidad del reporte de información de los titulares mineros y demás figuras que por mandato legal permiten la exploración y explotación de recursos naturales no renovables, que permitan evidenciar los datos reales de producción de minerales y apoyar los procesos de fiscalización.
El proyecto está dirigido a titulares mineros y beneficiarios de las demás figuras que por mandato legal permiten la exploración y explotación de recursos naturales no renovables.
Para la recepción y captura de la información se hará uso del formulario web y la herramienta tecnológica del servicio web, y será obligatorio hacer el reporte en los formatos de registro de información.
La información por registrar a través del reporte se realizará de manera mensual, trimestral o anual, dependiendo el tipo de formato de información y los datos a reportar de la siguiente manera:
Periodicidad | Formato de registro de información |
| Mensual | Producción |
| Paradas de producción | |
| Utilización de maquinaria de transporte | |
| Ejecución de obras y/o material a beneficio | |
| Inventarios | |
| Trimestral | Regalías |
| Exportaciones y/o ventas | |
| Inventario de maquinaria | |
| Anual | Capacidad tecnológica |
| Proyecciones |
La información deberá ser cargada dentro de los primeros cinco (5) días hábiles, periodo vencido, de acuerdo con la frecuencia de reporte definida en el registro de información.
Los periodos para iniciar con el reporte de información obligatoria, usando los formatos de registro para el formulario web, así:
- Títulos de Proyectos de Interés Nacional y de Gran Minería, en etapa de explotación: entre el 01 de abril del año 2024 y el 31 de marzo del año 2025.
- Títulos de mediana minería en etapa de explotación: entre el 01 de octubre del año 2024 y el 30 de septiembre del año 2025.
- Títulos de pequeña minería en etapa de explotación y los beneficiarios de las demás figuras que por mandato legal permiten la exploración y explotación de recursos naturales no renovables que estén explotando: entre el 01 de abril del año 2025 y el 31 de marzo del año 2026.
Los titulares de pequeña minería y los beneficiarios de las demás figuras que por mandato legal permiten la exploración y explotación de recursos naturales no renovables podrán hacer el reporte de su información en las sedes de la entidad mediante la modalidad de reporte asistido, en el cual se podrá actuar directamente o a través de uno o más miembros de la comunidad, con acreditación de su condición de autorizado, aportando para tal fin, el soporte documental de este.
Las personas interesadas podrán presentar cometarios hasta el 23 de marzo de 2024, a través del formato establecido por la entidad en el siguiente link: https://forms.office.com/r/X2pPCf5n5G
Si quiere ampliar esta información, lo invitamos a contactar a nuestro equipo de Minería, Ambiental y ASG.