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Ley que promueve la adquisición y provisión de la vacuna contra el coronavirus SARS-COV-2

Alerta Legal

21 de junio, 2021

Deducción Tributaria

Con fecha 21 de junio de 2021 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley No. 31225, la cual tiene por objeto garantizar una estrategia sanitaria para la adquisición y provisión de la vacuna contra el coronavirus SARS-CoV-2, que permita la inmunización de toda la población peruana accediendo de manera oportuna dentro del esquema de prioridades establecido por el Ministerio de Salud.

Autorización al Sector Privado

El artículo 2 de la Ley menciona que, el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Salud autoriza al sector privado en un plazo no mayor de siete (7) días calendario de presentado el expediente de la importación o adquisición de la vacuna contra el coronavirus, la cual deberá poner a disposición al Centro Nacional de abastecimiento de Recursos estratégicos (CENARES) para su distribución gratuita en todo el territorio nacional.

Las empresas privadas que logren adquirir la vacuna bajo la autorización señalada, tendrán la prioridad de inmunizar a su personal dentro del marco del Plan Nacional de Vacunación contra la COVID-19.

Adquisición de la vacuna por el sector privado

La adquisición o importación de la vacuna contra el coronavirus por el sector privado, previamente autorizada, es considerara como gasto de la empresa privada, el mismo que será deducible del Impuesto a la Renta mientras dure la emergencia sanitaria declarada por Decreto Supremo 031-2020-SA, ampliatorias, modificatorias y prórrogas subsecuentes.

El Ministerio de Economía y Finanzas establecerá el mecanismo para la deducción a través del reglamento.

Adicionalmente, el Ministerio de Economía y Finanzas, evaluará las exoneraciones de todo tipo de arancel, respecto a la importación o adquisición de la vacuna contra el coronavirus SARS-CoV-2.

La presente Ley deberá ser reglamentada en un plazo no mayor de diez (10) días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente ley, los cuales vencen el 01 de julio de 2021.