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Del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá

El pasado 2 de noviembre, el Concejo de Bogotá decidió no aprobar el proyecto de revisión del Plan de Ordenamiento Territorial (POT) de Bogotá, el cual fue radicado ante ese organismo el 8 de septiembre por la administración del alcalde Enrique Peñalosa. La negativa se dio por diferentes argumentos dentro de los cuales primaron la preservación ecológica, la protección de barrios tradicionales y el cambio de visión con respecto al transporte público entre otros.

Tal y como indica la Ley 388 de 1997, una vez se haya cumplido la vigencia de un POT (3 periodos constitucionales equivalentes a 12 años), los alcaldes están facultados para presentar proyectos de revisión que permitan actualizar los objetivos del plan que actualmente este en vigencia y, por tanto, fijar una nueva ruta que permita sentar las bases de planeación necesarias para el desarrollo de la ciudad. En la medida en que el POT vigente fue expedido mediante el Decreto 190 de 2004, se entiende que la ciudad se encuentra actualmente bajo una normatividad urbanística que no atiende los retos y las dinámicas económicas, sociales y territoriales existentes.

El no tener un POT que atienda a las necesidades actuales, implica una problemática que afecta a diferentes sectores de la economía, tanto en el ámbito público como el privado. En primer lugar, los planes de desarrollo que proponen los alcaldes deben estar en sintonía con aquello que haya sido establecido en el POT con relación a temas de inversión en infraestructura, protección del medio ambiente y ordenamiento del territorio, entre muchos otros. Esto implica que la inversión pública puede estar siendo mal enfocada por el anacronismo de un POT que podría considerarse obsoleto. En segundo lugar, el sector privado se ve afectado en la medida en que no existe seguridad jurídica que permita generar confianza para la inversión como tampoco se proponen mecanismos de financiación y gestión del suelo que facilite a los constructores, desarrolladores, fondos de capital privado y otros actores, desarrollar proyectos en el territorio de Bogotá.

A pesar de lo anterior, el Tribunal Superior de Cundinamarca ordenó el 2 de diciembre de 2019 a los concejales votar una vez más el proyecto de revisión del plan vigente en tanto considera que esa entidad debe tomar decisiones de fondo que permitan la protección del medio ambiente. Lo anterior ha generado una nueva oportunidad para que el proyecto propuesto sea aprobado. En ese sentido y a pesar de las críticas que ha recibido el proyecto presentado, se abre una nueva posibilidad que permita la entrada en vigor de una norma que reemplace el viejo decreto y por ende que se brinde una guía clara de inversión al sector público como también el establecimiento de una normatividad en la que el sector privado tenga confianza de invertir y desarrollar nuevos proyectos que mejoren la calidad de vida de los ciudadanos.

Autores

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Jacques Simhon, LL.M.
Socio
Bogotá
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Andrés Gutiérrez