Los precedentes emitidos por el TFL obligan a todas las instancias administrativas, en materia inspectiva, a tomar en cuenta los nuevos criterios o interpretaciones del Tribunal para resolver casos similares.
A continuación, un recuento de los principales criterios vinculantes que la Sala Plena ha emitido en el 2023.
Horas extras en la jornada de trabajo a tiempo parcial
La Sala precisa que la jornada a tiempo parcial será aquella que no supere las 4 horas de jornada diaria en promedio. De igual manera, admite la posibilidad de la ejecución de labor en sobretiempo en jornada a tiempo parcial; sin embargo, en estas jornadas las horas extras deben ser excepcionales, de lo contrario el empleador incurriría en fraude a la ley.
Si el cálculo mencionado, arroja un promedio de más de 4 horas diarias, los trabajadores tendrán derecho a los beneficios sociales del régimen laboral general.
Resolución de Sala Plena Nº 003-2023-SUNAFIL/TFL
Prohibición de extensión de beneficios colectivos pactados con un sindicato minoritario
El TFL estableció que un sindicato minoritario solo puede negociar la suscripción de convenios colectivos de eficacia limitada, esto es, de aplicación exclusiva con respecto a sus afiliados, debido a que, por mandato legal este no representa a la mayoría absoluta de trabajadores (Precedente vinculante - Resolución de Sala Plena N° 009-2022-SUNAFIL/TFL).
A raíz de este precedente, el TFL señaló que, el acuerdo celebrado entre el empleador con un sindicato minoritario, que permita extender ciertos beneficios económicos podría tener un efecto antisindical subyacente, si es que, en el ámbito respectivo, existe otra organización sindical minoritaria o, incluso si se estuviera formando un sindicato.
Resolución de Sala Plena Nº 004-2023-SUNAFIL/TFL
Medidas preventivas en Seguridad y Salud en el Trabajo
La Sala establece que la obligación de prevención y con ello el deber de adoptar las medidas preventivas necesarias para cumplir con las obligaciones recogidas en la normativa en materia de seguridad y salud en el trabajo no solo corresponde al empleador directo del trabajador que resulte afectado por el incumplimiento de la citada normativa sino que, en virtud del principio de prevención en materia de seguridad y salud en el trabajo, este se extiende a la empresa principal que acoge en sus instalaciones a personal directo o indirecto, incluso a usuarios o visitantes, que se encuentren dentro de esta.
Resolución de Sala Plena Nº 005-2023-SUNAFIL/TFL
Registro de control de asistencia
El TFL indica que el registro de control de asistencia se diferencia del "tareo", ya que el primero constituye una obligación legal que debe cumplir una serie de requisitos establecidos por ley, mientras que el segundo es un documento interno de actividades diarias del empleador, por lo que, el tareo no sustituye ni califica como un registro de control de asistencia.
La Sala deja constancia que, no contar con el registro de control de asistencia constituye una infracción de carácter insubsanable, por no poder retrotraerse el tiempo registrado (o el que se hubiere trabajado y no se haya registrado).
Resolución de Sala Plena Nº 010-2023-SUNAFIL/TFL
Principio de irrenunciabilidad de derechos
La Sala señala que, la supuesta renuncia de sus trabajadores a ser registrados en planilla no justifica el incumplimiento de la normativa laboral por parte del empleador.
El empleador no puede exonerarse del cumplimiento del deber de formalizar a su personal en planilla bajo el pretexto de un acuerdo sustentado en la renuncia de derechos fundamentales por parte de sus trabajadores, pues el mismo vulnera el principio de irrenunciabilidad de derechos.
Resolución de Sala Plena Nº 010-2023-SUNAFIL/TFL
La causa objetiva de contratación temporal deberá ser expresada en el contrato de trabajo primigenio.
El TFL señala que los hechos que justifican la contratación temporal deben ser desarrollados, de forma suficiente y adecuada, en el contrato de trabajo primigenio, de lo contrario, se configurará un supuesto de desnaturalización del contrato de trabajo modal, siendo legalmente considerado un contrato de trabajo indeterminado.
La Sala precisa que las adendas, prórrogas, renovaciones, entre otros, no podrán ser empleadas como mecanismo de subsanación de la causa objetiva que debería encontrarse correctamente descrita en el contrato primigenio.
Resolución de Sala Plena Nº 015-2023-SUNAFIL/TFL
El tiempo para el cambio de vestimenta es parte de la jornada de trabajo
La Sala considera que el tiempo utilizado para el cambio de uniforme de trabajo y/o ponerse los elementos de seguridad, en general, requeridos para el cumplimiento de sus funciones y que realizan en el centro laboral, formarían parte de la jornada de trabajo cuando constituyan una obligación para el trabajador, en virtud de alguna o algunas de las siguientes causas:
- Que el uso de tales implementos obedezca a una obligación consignada en el Reglamento Interno de Trabajo de la empresa, política escrita o a través de una orden verbalmente impartida.
- Que el uso del uniforme de trabajo sea exigido por el empleador por razones de imagen corporativa, atención al público, requerimiento de clientes, etc.
- Que se puedan desplegar medidas disciplinarias con relación al comportamiento consistente en registrar el tiempo de trabajo ya portando el uniforme de trabajo.
Resolución de Sala Plena Nº 016-2023-SUNAFIL/TFL