El sábado 20 de abril de 2019, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución Gerencia General N° 623-GG-ESSALUD-2019, mediante la cual se aprobó la Directiva de Gerencia General N° 13-GCSPE-ESSALUD-2019 V.01, “Registro de Accidentes de Trabajo y Gestión del Formulario de Aviso de Accidentes de Trabajo en las IPRESS de EsSalud”, cuyos principales alcances se detallan a continuación:
"Aviso de Accidente de Trabajo" | Los empleadores están obligados a presentar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS el formulario denominado “Aviso de Accidente de Trabajo". Esta obligación alcanza a todos los sectores económicos, incluso a aquellas empresas no obligadas a contratar el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR). |
Para efectos de dar Aviso ¿Qué califica comoAccidente de Trabajo? | Toda lesión corporal, orgánica o perturbación funcional, producida en el centro de trabajo o con ocasión del trabajo, causadas por acción imprevista fortuita u ocasional de una fuerza externa, repentina y violenta que obra súbitamente sobre la persona del trabajador o debido al esfuerzo del mismo y que pueda ser determinada por los médicos de una manera cierta. No constituye un accidente de trabajo, el que se produce en el trayecto de ida y retorno a centro de trabajo, aunque el transporte sea realizado por cuenta del empleador en vehículos propios contratados para el efecto; el provocado intencionalmente por el propio trabajador o por su participación en riñas o peleas u otra acción ilegal; entre otros supuestos expresamente señalados. |
Plazo de presentación | El Formulario deberá presentarse en los siguientes plazos: - En Lima Metropolitana y el Callao: Dentro de los (02) días calendario subsiguientes a la ocurrencia del accidente.
- En provincia: Dentro de los cinco (05) días calendario, subsiguientes a la ocurrencia del accidente.
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Omisiones sobre el Aviso | El no aviso oportuno del accidente de trabajo, la no presentación del referido formulario, o el no reconocimiento del accidente de trabajo por parte del empleador, será comunicado por la IPRESS a la Autoridad de Trabajo para el inicio del procedimiento inspectivo respectivo. |
Formulario de Aviso de Accidente de Trabajo | Se encuentra disponible en formato digital en el portal institucional de EsSalud (http://www.essalud.gob.pe/), así como en físico en la jefatura de área/unidad de admisión y registros médicos de la IPRESS o la que haga sus veces. El formulario debe contar con el sello y firma del representante legal o autoridad debidamente autorizada por la entidad empleadora. |
Fraude o Falsedad en el Aviso | Ante un presunto fraude o falsedad en la declaración del accidente de trabajo presentada por el empleador, el trabajador o su acompañante, la Oficina de Asesoría Jurídica de la Red Prestacional y Asistencial que corresponda, dará inicio las acciones administrativas, civiles y/o penales a que hubiera lugar. |
Norma Derogada | Se deja sin efecto la Resolución de Gerencia General N°1041-GG-ESSALUD-99, que aprueba la Directiva N°010-GG-ESSALUD-99, “Aviso e Investigación de Accidentes de Trabajo”. |
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