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Se prorroga la suspensión de los plazos procesales hasta el 16 de julio 2020, salvo en los distritos judiciales que mantienen cuarentena

Alerta Legal | Solución de Conflictos

01 de julio, 2020

Dispuesto el reinicio de ciertas actividades económicas y parcialmente levantado el estado de aislamiento social obligatorio a partir del 1 de julio del año en curso, mediante Resolución Administrativa N° 179-2020-CE-PJ de fecha 30 de junio del 2020, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha establecido los siguientes lineamientos adicionales al Protocolo “Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento de aislamiento social obligatorio”, para el adecuado retorno a las labores en este Poder del Estado. 
  • Prorrogar la suspensión de las labores del Poder Judicial y los plazos procesales y administrativos, hasta el 31 de julio próximo en los distritos Judiciales ubicados dentro de la jurisdicción de los Departamentos de Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash, en concordancia con el Decreto Supremo N° 116-2020-PCM (Decreto Supremo que establece las medidas que debe observar la ciudadanía en la Nueva Convivencia Social y prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19).
  • En los demás distritos judiciales, como es el Lima, la suspensión de los plazos procesales y administrativos es prorrogado hasta el 16 de julio del 2020.
  • Los órganos jurisdiccionales de emergencia continuarán sus funciones hasta el 31 de julio del año en curso.
  • Los órganos jurisdiccionales, que no son de emergencia, continuarán con sus labores en forma remota para expedir sentencias, actuaciones en procesos pendientes, realización de audiencias virtuales, entre otros que se requieran de atención; sin que implique desplazamiento de personas, salvo casos excepcionales con fines operativos.
  • A partir del 1 de julio del 2020 y por el plazo establecido en el Protocolo de reinicio de labores del Poder Judicial, en las Salas de la Corte Suprema de la República y los distritos judiciales no comprendidos en los departamentos de Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash, se observarán los siguientes lineamientos:
  • Iniciarán la segunda etapa del Protocolo denominado “Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento de aislamiento social obligatorio establecido por el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y prorrogado por los Decretos Supremos N° 051 y 064-2020-PCM” su modificatoria y Reglamento.
  • El horario de trabajo presencial Inter diario será de 09:00 a 14:00 horas. El trabajo remoto se efectivizará en el horario de 8 horas diarias.
  • Solo ingresarán a las sedes judiciales los abogados y partes procesales que acrediten con la respectiva notificación, que están citados para alguna actuación procesal. Para el ingreso, están obligados a usar mascarilla, someterse a la medición de temperatura, desinfección de las manos y mantener el distanciamiento físico.
  • La presentación de escritos y demandas, dirigidos a los órganos jurisdiccionales de cualquier especialidad, se presentarán a través de la Mesa de Partes Electrónica, con o sin firma electrónica, la cual está habilitada las 24 horas del día, todos los días.  A la fecha no se encuentra habilitada la posibilidad de presentar escritos en materia penal.
  • Por excepción, la entrega de escritos y demandas se hará por la Mesa de Partes física, presentándose en ventanilla solo con previa programación de una cita para su entrega.  A la fecha esta mesa de partes aún no se encuentra habilitada.