El 12 de mayo de 2023 se publicó, en Edición Extemporánea del Diario Oficial “El Peruano”, el Decreto Supremo No. 005-2023-IN, "Reglamento del Decreto Legislativo No. 1213, Decreto Legislativo que regula los servicios de seguridad privada”. Esta norma tiene por objeto regular los procedimientos para la prestación y desarrollo de actividades de servicios de seguridad privada, los servicios prestados en exclusividad por la entidad, así como, las normas del procedimiento administrativo sancionador en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1213, Decreto Legislativo que regula los servicios de seguridad privada dentro del ámbito de competencia de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC.
Entre las modalidades de servicios prestados por personas jurídicas regulados por la norma están: (i) vigilancia privada, (ii) protección personal, (iii) transporte y custodia de dinero y valores, (iv) custodia de bienes controlados, (v) seguridad en eventos, (vi) tecnología de seguridad, (vii) protección por cuenta propia. Por otro lado, en el caso de personas naturales se regulan aquellas dedicadas a prestar servicio individual de seguridad patrimonial y servicio individual de seguridad personal.
El servicio de tecnología de seguridad podrá ser prestado bajo cualquiera de las siguientes formas: (i) servicio de centrales de alarmas; (ii) servicio de detección de imágenes (videovigilancia); (iii) servicio de sistema de posicionamiento satelital (GPS) o equivalente; y, (iv) otras que se determine mediante Resolución de Superintendencia. Asimismo, es definido como aquél que “es prestado por empresas especializadas dedicadas a proporcionar protección y custodia a personas y bienes a través del monitoreo de señales y de respuesta, conectados con dispositivos y equipos electrónicos”. Por ello, pueden comprender la instalación, desinstalación y/o mantenimiento de equipos y dispositivos. Finalmente, también se prevén los requisitos y las condiciones necesarias para la autorización de funcionamiento a nivel nacional de dicho servicio de tecnología de seguridad.