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Newsletter 19 jun 2023 · Perú

TMC Legal bytes | Junio 2023

15 min de lectura

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El marco legal del sector TMC está cambiando muy rápidamente. Nuestra actualización, te dará una visión general de los últimos cambios y temas relevantes a nivel local e internacional. Para un análisis más profundo o para cualquier pregunta, por favor comunícate con tu contacto habitual de CMS Grau o con nuestros expertos de TMC que aparecen al final de esta actualización.

Perú

Recomendaciones de la ANPD ante los retos virales

La Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos ha brindado recomendaciones a los padres de familia para proteger a los niños, niñas y adolescentes de los peligros que representan los retos virales en internet.

La Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (ANPD) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) ha brindado recomendaciones a los padres de familia para proteger a los niños, niñas y adolescentes de los peligros que representan los retos virales en internet; esto a raíz del fallecimiento de un menor tras obligarla a tomar pastillas de clonazepam como parte de un reto viral. Los retos virales, que a menudo ponen en riesgo la integridad física y psicológica de los menores, son pruebas populares en las redes sociales que se graban en video para luego ser compartidos a terceros.

La ANPD resalta la importancia de dialogar con los menores acerca de a quiénes siguen y con quiénes interactúan en las redes sociales, así como los contenidos que revisan y comparten, para poder orientarlos sobre los peligros tecnológicos y los contenidos adecuados para su edad. Asimismo, recomienda hablar sobre la relevancia de usar las opciones de privacidad que ofrecen las plataformas digitales, cómo crear contraseñas seguras o contar con herramientas de control parental y la importancia de proteger sus datos personales, evitando así el contacto con personas que podrían perpetrar actos ilegales.

Billeteras digitales se convierten en principal medio de pago en Perú 

Las billeteras digitales en Perú han experimentado un rápido crecimiento, convirtiéndose en el principal medio de pago del país. El Banco Central de Reserva señala que las billeteras digitales han sido ampliamente aceptadas, siendo Yape y Plin los principales esquemas.

Las billeteras digitales en Perú han experimentado un rápido crecimiento, convirtiéndose en el principal medio de pago en el país. Este aumento comenzó con la pandemia, que impulsó a las personas a optar por opciones de pago sin contacto físico. En marzo, las billeteras digitales representaron el 52.3% de todos los pagos minoristas, superando a las tarjetas bancarias que anteriormente representaban el 57% de los pagos minoristas digitales. Los jóvenes, de entre 20 y 40 años, son los principales usuarios de las billeteras digitales, aunque también se observa un incremento en su uso entre los adultos mayores.

Raimundo Morales, CEO de Yape, la billetera digital con mayor participación de mercado en Perú, destacó que el efectivo sigue siendo el principal competidor de las billeteras digitales, pero estima que su uso ha disminuido debido al auge de las aplicaciones móviles de pago. Además, el Banco Central de Reserva señala que las billeteras digitales bancarias han sido ampliamente aceptadas por el público para realizar transferencias interbancarias, siendo Yape y Plin los principales esquemas.

Compensación a los abonados en caso de interrupción del servicio de telecomunicaciones

Se aprobaron las normas que regulan la promoción de inversión privada en telecomunicaciones, incorporando como derecho de los abonados una compensación por una interrupción del servicio.

El 04 de junio de 2023 se publicó la Ley N° 31761 que modifica el Decreto Legislativo N° 702 por la cual se aprobaron las normas que regulan la promoción de inversión privada en telecomunicaciones, incorporando como derecho de los abonados una compensanción por interrupción del servicio público de telecomunicaciones cuando sea por causa atribuible a la empresa operadora.

En dichos casos, la empresa operadora deberá: (i) devolver al abonado el pago realizado en el periodo interrumpido; y, (ii) lo compensarán por el tiempo que no contó con el servicio. Al respecto, la norma establece que el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) determinará la forma de cálculo, las condiciones y en qué casos se realiza la compensación, la cual – según la norma - no podrá tener carácter indemnizatorio.

Proyecto de ley establece incentivo al denunciante: 20% de la multa aplicada

La implementación realizada en esta norma tiene como objetivo principal motivar la denuncia de conductas que vayan en contra del Código de Protección y Defensa del Consumidor, beneficiando a los consumidores que denuncien prácticas injustas o abusivas.

El 30 de mayo de 2023, el Congreso presentó el Proyecto de Ley No. 5208/2022-CR que busca modificar el artículo 110 de la Ley No. 29571, "Código de Protección y Defensa del Consumidor", con la finalidad de establecer un incentivo del 20% del total de la multa al consumidor denunciante. La implementación realizada en esta norma tiene como objetivo principal motivar la denuncia de conductas que vayan en contra del Código de Protección y Defensa del Consumidor, beneficiando a los los consumidores que denuncien prácticas injustas o abusivas por parte de los proveedores.

Este Proyecto de Ley establece que, una vez finalizado el procedimiento administrativo sancionador, y siempre que se sancione al proveedor, el consumidor que haya hecho la denuncia se hará acreedor de un monto equivalente al 20% del total de la multa impuesta al proveedor, monto que será establecida por INDECOPI o cualquier otro organismo regulador. Cabe destacar que este incentivo económico, otorgado al denunciante es de carácter bonificatorio y no busca ser una indemnización ni un resarcimiento por daños o perjuicios.

A la fecha el Proyecto de Ley se encuentra en la comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos.

Proyecto de ley otorga condición de trabajador a quienes prestan servicios de reparto

La Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso aprobó el proyecto de ley, buscando reconocer derechos laborales, a quienes realizan los servicios de reparto, mensajería y movilidad a través de las plataformas digitales.

La Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso aprobó el Dictamen recaído Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso aprobó el Dictamen recaído en los Proyectos de Ley No. 018/2021-CR, 667/2021-CR, 842/2021-CR y 1536/2021CR, "Ley de los trabajadores dependientes e independientes de las plataformas digitales". Este tiene como objeto reconocer derechos laborales, estableciéndoles la condición de trabajadores dependientes o independientes, a quienes realizan los servicios de reparto, mensajería y movilidad a través de las plataformas digitales en el territorio nacional.

El Dictamen establece dos regímenes laborales. Por un lado, el trabajo dependiente y subordinado que estaría comprendido en el Decreto Legislativo No. 728, "Ley de Productividad y Competitividad Laboral". En este caso, la conexión digital resulta ser un elemento esencial y la jornada laboral no podrá ser menos de cuatro (4) horas diarias o veinte (20) semanales, a cambio de una contraprestación económica vía un contrato de trabajo. Además, dicha jornada laboral se efectuaría mediante una relación de carácter intermitente de trabajo.

Por otro lado, el trabajo independiente, se ejecutaría por cuenta propia y de manera autónoma, discontinua, esporádica vía la plataforma digital y percibiendo una contraprestación económica de los usuarios con los que se interconecte. Estos tendrían un régimen laboral especial, pero con los beneficios y derechos propuestos por el Dictamen.

Así, se permitirían fiscalizaciones por parte del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MINTRA) y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) para garantizar los ingresos adecuados y suficientes, rentabilidad y promoción de las plataformas y los trabajadores. Entre los derechos propuestos a ambos regímenes se encuentran el seguro contra accidentes personales, de incapacidad temporal y permanentes, así como de salud y vida. Además se proponen medidas con respecto al derecho previsional y derechos colectivos, derecho a la resolución de conflictos internos de ambos tipos de trabajadores; asegurar la provisión de elementos de indumentaria, equipos de trabajo mínimos, de protección personal; emitir constancias de trabajo, entre otras medidas.

Finalmente, se prevé que los titulares de las plataformas digitales deberán contratar un mínimo equivalente al veinte porciento (20%) del total de sus trabajadores bajo la modalidad de trabajadores dependientes en el plazo de sesenta (60) días calendario desde la emisión del Reglamento respectivo. En esa línea, de aprobarse y publicarse el Dictamen, el Poder Ejecutivo contaría con un plazo máximo de sesenta (60) días calendario para emitir el Reglamento respectivo.

A la fecha, se espera que el Dictamen sea agendado en la Agenda del Pleno del Congreso para su debate y aprobación en dos (2) sesiones plenarias distintas, salvo se vote en la prima exonerar tal Dictamen de una segunda votación. Posteriormente, el Poder Ejecutivo deberá analizar el Dictamen a fin de determinar si emite o no la Autógrafa de Ley ordenando su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

SBS plantea cambios en sus reglamentos 

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP del Perú (SBS) plantea ajustes a la relación entre las entidades supervisadas del sector financiero y sus usuarios a fin reforzar la protección de estos últimos en el actual entorno de negocios, operativo y de transformación tecnológica.

El 12 de junio de 2023, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP del Perú (SBS) pre-publicó en su portal institucional el “Proyecto de Resolución que modificaría el el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero" (Resolución SBS No. 3274-2017), el Reglamento de Comisiones y Gastos (Resolución SBS No. 3748-2021), el Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito (Resolución SBS No. 6523-2013) y el Reglamento para la Gestión de Seguridad de la Información y la Ciberseguridad (Resolución SBS No. 504-2021), (el “Proyecto”), con el propósito de recibir comentarios del público en general hasta el 12 de julio de 2023.

Al respecto, el Proyecto plantea ajustes a la relación entre las entidades supervisadas del sector financiero y sus usuarios a fin reforzar la protección de estos últimos en el actual entorno de negocios, operativo y de transformación tecnológica; siendo los principales cambios propuestos los siguientes:

- En el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistem Financiero, se establece la obligación de las entidades del sistema financiero de poner a disposición de los usuarios sus canales propios para la realización de pagos y prepagos de créditos, sin que ello irrogue costo para el usuario; así como habilitar los canales utilizados en la contratación y/o desembolso del crédito para las operaciones de prepago. Además, los seguros distintos al seguro de desgravamen y que protege el bien dado en garantía, deberán ser opcionales e independientes al contrato de crédito.

- En el Reglamento de Comisiones y Gastos, se ha dispuesto la eliminación de la comisión por retención judicial y/o administrativa de la lista de conceptos de comisiones que están establecidas en este reglamento.

- En el Reglamento de tarjetas de crédito y débito, se establecen precisiones vinculadas a la definición de las operaciones de “micropago”, así como la obligación de las entidades del sistema financiero de notificar a los usuarios sobre la realización de operaciones con cargo a sus cuentas (ahorro o dinero electrónico) o líneas de crédito, incluso cuando la operación no haya requerido autenticación reforzada.

Nuevo reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública

El Ministro de Justicia y Derechos Humanos aprobó y publicó el proyecto del nuevo Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, buscando recibir contribuciones del público.

El 12 de junio de 2023, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Daniel Maurate Romero, aprobó y publicó el proyecto del nuevo Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LTAIP) - Ley N° 27806, a través de la Resolución Ministerial N° 0214-2023-JUS. Este proyecto, promovido por la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública, busca recibir contribuciones del público para optimizar la regulación actual e incorporar mejoras al procedimiento de acceso a la información.

El director general de Transparencia, Eduardo Luna, destacó la necesidad de una revisión integral para actualizar y mejorar la norma reglamentaria de 2003. Entre las innovaciones propuestas se encuentran mecanismos para facilitar la entrega de información a los ciudadanos, la posibilidad de solicitudes anónimas o bajo seudónimo, y mejoras en el procedimiento de apelación. Además, se proponen nuevas reglas para facilitar las solicitudes de información sobre correos electrónicos de ex funcionarios y la obligación de alojar información en los portales de transparencia en un formato de datos abiertos y reutilizables.

El proyecto también busca establecer mejoras para optimizar el régimen sancionador por infracciones a la normativa de transparencia y acceso a la información pública, tales como: (i) criterios especiales para graduación de multas, (ii) sanciones contra funcionarios y servidores públicos relacionadas principalmente con el registro de solicitudes de acceso a la información pública, (iii) la incorporación de infracciones contra personas jurídicas; entre otros.

Asimismo, se especifican las autoridades encargadas del procedimiento y se identifican nuevas infracciones, como no elevar el recurso de apelación al Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y no proporcionar la información requerida por el responsable de acceso a la información​.

Internacional

Caída global de los servicios de Microsoft

Microsoft enfrentó la caída de una variedad de sus servicios, afectando a usuarios en todo el mundo. Al respecto, se presentaron problemas de inicio de sesión en distintas plataformas que son de uso diario por cibernautas y trabajadores.

Microsoft enfrentó la caída de una variedad de sus servicios, afectando a usuarios en todo el mundo. Al respecto, se presentaron problemas de inicio de sesión en distintas plataformas como la tienda virtual de Microsoft, el servicio de videoreuniones Teams, la aplicación de correos Outlook, entre otros productos que son de uso diario por muchos cibernautas y trabajadores.

Según DownDetector, una plataforma de Ookla dedicada a emitir informes de usuarios e indicadores de problemas en la Web, la interrupción fue considerable, pero la cuenta de soporte de Microsoft en Twitter aseguró que ya estaban investigando la falla. Por su parte, en el sitio web oficial de Office 365, confirmaron que la caída mundial de Outlook estaba siendo atendida por su equipo de desarrollo. Tras un período de tiempo, Microsoft logró reanudar las operaciones en distintas plataformas bajo su control, incluyendo Azure, To Do, Microsoft Store y el servicio Microsoft 365.

Denuncia de la SEC contra Coinbase

La Comisión de Valores y Bolsa de Estados Unidos (SEC) acusó a Coinbase, la mayor plataforma de criptomonedas de Estados Unidos, de operar ilegalmente al no registrarse y no inscribir la oferta y venta de su programa de criptoactivos como servicio.

La Comisión de Valores y Bolsa de Estados Unidos (SEC) acusó a Coinbase, la mayor plataforma de criptomonedas de Estados Unidos, de operar ilegalmente al no registrarse y no inscribir la oferta y venta de su programa de criptoactivos como servicio. La SEC sostiene que la falta de registro de Coinbase ha privado a los inversores de importantes protecciones, declarando la SEC que Coinbase estaría actuando como bolsa de valores, corredor de bolsa y agencia de compensación sin el registro de estas actividades ante la Comisión. A raíz de la acusación, las acciones de Coinbase sufrieron una caída de más del 20%.

La SEC alega que, desde al menos 2019, Coinbase ha ganado miles de millones de dólares facilitando ilegalmente la compra y venta de valores de criptoactivos. Aunque Coinbase no está acusada de desviar fondos, sí se alega que ha ganado comisiones de manera ilegal. Ahora, la SEC solicita que se impida a Coinbase seguir operando ilegalmente, que devuelva todas las ganancias obtenidas por infracciones a la legislación de valores y que se le impongan multas por sus infracciones.

Recomendaciones para el uso de inteligencia artificial

La Subsecretaría de Tecnología de la Información de la Jefatura de Gabinete de Ministros de Argentina emitió un documento con recomendaciones para una inteligencia artificial fiable.

El 1 de junio de 2023, la Subsecretaría de Tecnología de la Información de la Jefatura de Gabinete de Ministros de Argentina emitió la Disposición 2/2023, titulada "Recomendaciones para una Inteligencia Artificial Fiable". El documento incluye herramientas teóricas y practicas para el desarrollo y aplicación de la Inteligencia Artificial (IA), y busca garantizar que los beneficios de los avances tecnológicos sean aprovechados por todos los sectores de la sociedad.

Las recomendaciones abarcan cuatro etapas en el ciclo de vida de la IA:

(i) El diseño y modelación de los datos involucrados, lo que incluye un diseño ético, sin considerar sesgos propios.

(ii) La verificación y validación de los diseños realizados en la primera etapa teniendo en consideración los principios definidos por la UNESCO. En esta etapa se debe verificar que los conjuntos de datos armados específicamente para entrenar modelos de IA sean de calidad utilizando uno o más prototipos de los modelos entrenados, con una interfaz mínima de usuario pero de similar aspecto al definitivo.

(iii) La implementación del proyecto de innovación tecnológica, la cual debe permitir establecer un grado adecuado de seguridad de la información; realizar trazabilidad sobre las acciones y decisiones ocurridas en el proyecto identificando a las personas que las llevaron a cabo; realizar auditorías y ofrecer al usuario facilidades de accesibilidad a las tecnologías de información y comunicaciones (TIC).

(iv) La operación y mantenimiento con la finalidad de verificar que toda la implementación funciona de manera adecuada y según lo esperado.

Adicionalmente, como recomendaciones en dichas etapas, se incluyen la conformación de un equipo humano diverso y multidisciplinario con un adecuado nivel de conciencia sobre las implicancias del uso de la IA, la definición del destino de uso de la IA y cómo se realizará el control humano, y la importancia de garantizar la privacidad y seguridad de los datos, la necesidad de supervisión constante para garantizar el monitoreo continuo y detectar posibles problemas o sesgos en el modelo, y la trazabilidad y la auditoría posterior.

Asimismo, se recalca que de manera adicional a las etapas del ciclo de la IA mencionadas anteriormente, se debe tener en cuenta algunos aspectos éticos fuera de este ciclo de la IA. Por ejemplo, deben existir personas designadas formalmente como responsables que, en caso de existir algún perjuicio, actúen de manera inmediata y personalmente frente al mismo y procuren su subsanación a través de procedimientos formales e institucionalizados. 

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